Sociedades Comerciales Nº 5669 de 28 de Marzo de 2012

Fecha de la disposición28 de Marzo de 2012
Córdoba, 28 de Marzo de 2012
BOLETÍN OFICIAL
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consumo.- La realización de tareas forestales –
plantación, mantenimiento, conservación o
remediación- o agropecuarias, en
establecimientos y con equipos y recursos
propios o de terceros, o asociada a terceros.-
Para el cumplimiento de tales fines, la sociedad
cuenta con plena capacidad jurídica para celebrar
toda clase de actos jurídicos, y en especial, para
realizar operaciones de importación y
exportación de bienes …”.- En igual
oportunidad se resolvió aumentar el capital so-
cial, mediante la capitalización de resultados
no asignados según balance cerrado al 31 de
enero de 2011.- Como consecuencia de ello, se
modificó la Cláusula Cuarta del Contrato Social
que quedó redactada de la siguiente manera: “…
Capital: El Capital Social asciende a la suma de
Pesos un millón sesenta mil ($ 1.060.000),
compuesto de diez mil seiscientas (10.600)
cuotas sociales, de Pesos Cien ($ 100) cada una
de ellas, suscriptas e integradas por los señores
socios en su totalidad, y conforme la siguiente
proporción: el Sr. Oscar Arturo SCORZA, la
cantidad de nueve mil quinientos cuarenta
(9.540) cuotas sociales, lo que totaliza la suma
de Pesos novecientos cincuenta y cuatro mil ($
954.000); y la Sra. Rosana Leonor
BIGATTÓN, la cantidad de mil sesenta (1.060)
cuotas sociales, lo que totaliza la suma de Pe-
sos ciento seis mil ($ 106.000) …”.- De igual
modo se resolvió modificar la cláusula Décima
del Contrato Social que quedó redactada de la
siguiente manera: “… Órgano de
Administración: La administración y
representación legal de la sociedad, estará a
cargo de un Gerente, socio o no, designado por
reunión de socios.- El Gerente, durará en el cargo
hasta tanto se disponga su sustitución por
reunión de socios …”.- En la oportunidad se
ratificó en el cargo de Gerente al Sr. Oscar Arturo
SCORZA.- Finalmente se resolvió la
modificación del domicilio social el que quedó
establecido en Colectora de Autopista Córdoba-
Rosario, Km. 628 ½, Ciudad de Oncativo,
Provincia de Córdoba.- Juzgado Civil y
Comercial Nro. 33 (Concursos y Sociedades
Nro. 7) - Sec. Dr. Hugo Horacio
BELTRAMONE.- Of. 14/03/2012.-
Expediente N° 2204422/36 N° 5771 - $ 312 .-
PRO.MAT.CONS S.A.
Constitución de sociedad
Accionistas: Vilma Liliana Brion, D.N.I N°
10.905.130, argentina, casada, comerciante,
nacida el 25-12-1953 de 56 años de edad,
domiciliado en calle Ferroviarios N° 1968,Bº
Maipú, Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba; Juan Carlos Bartoli, D.N.I. 8.498.615,
argentino, casado, comerciante , nacido el 01-
12-1950 de 59 años de edad, domiciliado en
calle Ferroviarios N° 1968, Bº Maipú, Ciudad
de Córdoba, Provincia de Córdoba; Guillermo
Bartoli, D.N.I. 26.087.468, argentino, casado,
comerciante , nacido el 21-09-1977 de 32 años
de edad, domiciliado en calle La Pampa N°
1237, Bº Cupani, Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba; y Carlos Andrés Bartoli, D.N.I.
27.551.999, argentino, soltero, comerciante ,
nacido el 26-09-1979 de 30 años de edad,
domiciliado en calle Ferroviarios N° 1968, Bº
Maipú, Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba Fecha de Acta Constitutiva: 12/08/10.
Fecha de Acta Rectificativa y Ratificativa: 03/
05/11. Denominación: PRO.MAT.CONS S.A.
Domicilio Legal: en calle Ferroviarios N° 1968,
Bº Maipú, Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, República Argentina. Plazo de
Duración: 99 años contados desde la fecha de
inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la
realización de las siguientes actividades por cuenta
propia, de terceros o asociada a terceros:
Constructora: dedicarse a negocios relacionados
con las construcción de todo tipo de obras,
públicas o privadas, sea a través de contrataciones
directas o de licitaciones, para la construcción de
viviendas, puentes, caminos y cualquier otro
trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura;
asimismo, corresponde al objeto social la
intermediación en la compraventa, administración
y explotación de bienes inmuebles propios o de
terceros y de mandatos. Construcción de edificios,
estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles
y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura
de carácter público o privados. Inmobiliaria:
operaciones inmobiliarias, compraventa, permuta,
alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles,
inclusive las comprendidas bajo el régimen de
propiedad horizontal, así como también toda clase
de operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá
inclusive realizar todas las operaciones sobre
inmuebles que autoricen las leyes comprendidas
en las disposiciones de la ley de propiedad hori-
zontal. También podrá dedicarse a la
administración de propiedades de inmuebles,
propias o de terceros. Capital Social: El capital
social es de Pesos Treinta Mil ($30.000.-)
representado por treinta (30) acciones de Pesos
mil ($ 1000.-) valor nominal, cada una, ordinarias,
nominativas, no endosables de la clase “A” con
derecho a cinco votos por acción que se suscriben
de acuerdo al siguiente detalle: la Sra. Vilma Liliana
Brion nueve acciones lo que representa Pesos
nueve mil ($ 9.000.-); el Sr. Juan Carlos Bartoli
nueve acciones lo que representa pesos nueve Mil
($9.000); el Sr. Guillermo Bartoli seis acciones lo
que representa pesos Seis Mil ($6.000); y el Sr.
Carlos Andrés Bartoli seis acciones lo que
representa pesos seis Mil ($6.000). El capital
suscripto se integra con dinero en efectivo, el
veinticinco por ciento en este acto y setenta y
cinco por ciento restante en el plazo de dos años.
El capital puede ser aumentado por decisión de la
Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto
conforme al art. 188 de la Ley 19.550 y sus
modificatorias. Administración y Representación:
Presidente: Sr. Juan Carlos Bartoli, Vicepresidente:
Sr. Guillermo Bartoli y DirectorA suplente: Sra.
Vilma Liliana Brion. La administración estará a
cargo de un directorio compuesto del número de
miembros que fije la Asamblea Ordinaria entre un
mínimo de uno y un máximo de seis, electos por el
término de tres ejercicios. La Asamblea puede
designar igual o menor cantidad de suplentes por
el mismo término con el fin de llenar las vacantes
que se produjeren en el orden de su elección. El
directorio funciona con la presencia de la mayoría
absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría
de votos presentes. El presidente tiene doble voto
en caso de empate. La Asamblea fija la remuneración
del directorio de conformidad con el Art. 261 de la
Ley 19.550. Si la sociedad prescindiera de la
sindicatura, la elección de directores suplentes es
obligatoria. La representación y uso de la firma
social estará a cargo del Presidente del directorio
y/o del Vicepresidente, quienes lo podrán hacer
en forma conjunta o indistinta. Fiscalización: La
sociedad prescindirá de la sindicatura, quedando a
cargo de los socios el derecho de contralor que
confiere el Art. 55 de la Ley 19.550 y en un todo
de acuerdo al Art. 284 de la misma Ley. Cuando
se diere el supuesto de que el capital exceda el
mínimo del Art. 299 de la Ley 19.550 se
designará un Síndico titular y un Síndico
suplente por Asamblea General Ordinaria por
el término de tres ejercicios sin que sea necesaria
la reforma del estatuto. Cierre de Ejercicio: 31
de Julio de cada año.- N° 5686 - $ 280 .-
MEADE ADMINISTRACIONES S.R.L.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD
Fecha de acta constitutiva: 13 de Diciembre
de Dos mil once. Socios: FELIX AGUSTIN
DAHAN, D.N.I: 22.775.709, nacido el 04/07/
1972, argentino, casado, de profesión licenciado
en administración de empresas, con domicilio
en calle Wenceslao Paunero Nº 2577 de Barrio
Rogelio Martínez de esta Ciudad de Córdoba
Y JORGE ANDRES ARIAS MEADE, D.N.I:
25.610.169, nacido el 07/12/1976, argentino,
casado, de profesión abogado, con domicilio en
calle Fructuoso Rivera Nro.38 de Barrio Nueva
Córdoba, de esta Ciudad de Córdoba.
Denominación: MEADE ADMINISTRA
CIONES S.R.L. Sede y Domicilio: Av. General
Paz Nro. 7 de Barrio Centro de esta Ciudad de
Córdoba. Plazo de duración: 99 años a partir de
la inscripción en el Registro Público de
Comercio. Objeto: La sociedad tiene por objeto
a) ADMINISTRACION DE CONSORCIOS:
En el marco de la ley de Propiedad Horizontal
y/o bajo la ley de Prehorizontalidad, pudiendo
a tales fines y como mandataria del consorcio
que represente, actuar por si o por apoderados
y en tal carácter: 1- Contratar la provisión de
bienes, servicios y/o la realización de obras con
aquellos prestadores que consideren
pertinentes. 2- Asimismo contratar y despedir
al encargado, suplente y demás personal
designado. 3-Ejecutar las resoluciones del
consorcio. 4- Interpretar y hacer cumplir los
Reglamentos de todo tipo correspondientes a
cada consorcio. 5- Pagar con los fondos del
consorcio cuya administración le fuese asignada
las cuentas y/o facturas de gastos de carácter
común, que se originen a raíz del uso que los
ocupantes hagan de los espacios comunes y
sus servicios, así como los necesarios para el
buen mantenimiento del edificio. 6- Recaudar
las cuotas fijadas como contribución de los
propietarios al pago de las cargas comunes. 7-
Ordenar y pagar cualquier reparación o arreglo
necesario en las partes comunes. 8- Llevar los
libros correspondientes a los consorcios en los
términos fijados por la ley vigente al efecto. 9-
Representar al consorcio ante las las autoridades
públicas, ya sean de carácter administrativo,
judicial, fiscal policial, nacionales, provinciales
y/o municipales, etc. en cualquier gestión o
asunto que haga al interés del consorcio. En fin
podrá realizar todas las actividades necesarias
para el mantenimiento de espacios comunes de
cualquier naturaleza, así como también a
desarrollar los actos previstos en la ley 13.512
y/o todos sus decretos reglamentarios y normas
aplicables a dicha actividad de administración.
b) CORRETAJE: realizar mediante la
actuación de un profesional debidamente
autorizado, por cuenta propia o de terceros
bajo cualquier forma asociativa lícita, definitiva
o temporal, la actividad de corretaje de todo
tipo, principalmente inmobiliario, pudiendo
para ello intervenir en todos los actos propios
del corretaje, asesorando, promoviendo o
ayudando a la conclusión de contratos
relacionados con toda clase de bienes de tráfico
lícito, realizar tareas de mandatario o de gestor
de negocios en la compraventa y/o permuta,
locación, préstamo de inmuebles, muebles en
general, mercaderías, fondos de comercio,
ganado, automotores, maquinarias, intervención
de arrendamientos y administración de
propiedades, bajo cualquier forma de dominio,
urbanas, rurales, tasaciones, avaluó o peritajes,
colocación de dinero en hipoteca y funciones
recaudadoras. Intervenir en concesiones y
explotaciones mineras, forestales y/o
yacimientos de cualquier naturaleza. Efectuar
y conceder cualquier tipo de mandato y
comisión comercial y realizar cualquier acto o
contrato con personas de existencia visible o
jurídica a fin de lograr el objeto social. Todo lo
descrito es meramente ejemplificativo,
reconociendo como única limitación las
disposiciones legales vigentes. A tal fin , la
Sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos y contraer obligaciones,
pudiendo ejercer representa ciones, mandatos,
agencias, comisiones, gestiones de negocios;
constituir o participar en sociedades, celebrar
contratos de locación, depósito, mutuo, o
comodato; adquirir por cualquier título o
concepto, ya sea oneroso o gratuito y aceptar
en pago o en garantía, hipoteca o prendas, de lo
que se le adeudare o llegue a adeudársele, en
forma judicial o extrajudicial, toda clase de
bienes inmuebles o muebles, créditos de
cualquier naturaleza, títulos, derechos y
acciones y otros cualesquiera, todo lo cual podrá
conjuntamente con los demás bienes de la
sociedad, vender, donar, ceder o arrendar,
permutar, negociar y endosar y de cualquier
otro modo enajenar o gravar, aceptando o
constituyendo hipotecas, prendas civiles o
comerciales, servidumbres y cualesquiera otros
derechos reales o personales. Asimismo podrá
participar en procedimientos licitatorios
privados, públicos, presentar ofertas,
modificarlas, mejorarlas, retirarlas, impugnar,
contestar impugnaciones, aceptar propuestas,
y celebrar todo acto administrativo que efectos
de llevar a cabo la contratación con personas de
derecho público o privado, solicitar licencias
como operador de servicios de valor agregado o
de telefonía, como asimismo otorgar licencias o
celebrar contratos de explotación comercial bajo
cualquier titulo jurídico sobre productos, tan-
gibles o intangibles de propiedad de la empresa
o de terceros con autorización a tal fin. También
podrá efectuar y conceder cualquier tipo de
mandato y comisiones comerciales y realizar
cualquier acto o contrato con personas de
existencia visible o jurídica a fin de lograr el
objeto social. Todo lo expuesto por los plazos,
formas de pago y demás condiciones que fueran
convenientes y admitidos por las leyes vigentes.
Capital Social:El capital social es de Pesos
VEINTE MIL ($20.000) representado por
doscientas (200) cuotas de pesos cien($100)
cada una, siendo el mismo totalmente suscripto
en este acto por los socios, por partes iguales y
de acuerdo al siguiente detalle: FELIX
AGUSTINA DAHAN, Cien (100) cuotas de
Pesos Cien ($100) cada una , o sea pesos diez
mil ($10.000) y JORGE ANDRES ARIAS
MEADE Cien (100) cuotas de Pesos Cien
($100) cada una , o sea pesos diez mil ($10.000).
El capital suscripto es integrado en este acto en
un veinticinco por ciento (25%) en partes
iguales por ambos socios, debiendo integrarse
el saldo en el plazo previsto en el art. 149 de la
ley de sociedades. Dirección y Administración:
La administración y representación de la
sociedad estará a cargo del gerente. Gerentes:
El Sr. JORGE ANDRES ARIAS MEADE,
revestirá la calidad de gerente de la
sociedad.Fecha de cierre del ejercicio social: 31
de Diciembre. Juzgado de 1° Civ. Com. 52 Nom.
Conc. Soc. 8 Secretaria Dra. Barbero Becerra
de Ceballos Allincay Raquel Pastora of. 19/03/
12 – Mariana Carle de Flores - Prosecretaría
Letrada N° 5716 - $ 344 .-
GAUDI S.A.
MODIFICACION OB JETO SOCIAL

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