Sociedades Comerciales Nº 4563 de 17 de Marzo de 2010

Fecha de la disposición17 de Marzo de 2010
Córdoba, 17 de Marzo de 2010
BOLETÍN OFICIAL
8
SOCEMA S.A.
RECTIFICACIÓN EDICTO N° 31893
(publicado el día 16.12.08, p. 34). Los firmantes
son: Jorge Rolando Flores LE 7.964.758 y Adriana
Edith Ida Furlanitto, LC 5.678.937
N° 4368 - $ 40.-
CHALLENGER S.A.
Constitución de Sociedad
Por acta suscripta el 18/02/2010 los señores
AGHEMO Juan Carlos, DNI 16.311.837, de 46
años de edad, argentino, de estado civil casado, de
profesión empresario, con domicilio real en calle
Rafael Obligado Nº 60, de la ciudad de Río Tercero,
Provincia de Córdoba, Republica Argentina; y
BARRETO Hernán Alberto, DNI 32.076.443,
de 23 años de edad, argentino, de estado civil
soltero, de profesión empresario, con domicilio
real en calle Rafael Obligado Nº 60, de la ciudad de
Río Tercero, Provincia de Córdoba, Republica
Argentina convienen celebrar la siguiente Acta
Constitutiva y Estatuto Social S.A.: 1)
Denominación: “CHALLENGER S.A.” 2)
Domicilio social: Ciudad de Río Tercero,
Departamento Tercero Arriba, Provincia de
Córdoba, Republica Argentina. 3) Sede Social:
Calle Rafael Obligado Nº 60, de la Ciudad de Río
Tercero, Departamento Tercero Arriba, Provincia
de Córdoba, Republica Argentina; 4) Duración:
99 años contado a partir de la inscripción en el
Registro Público de Comercio 5) Objeto: La
Sociedad tendrá por objeto las siguientes
actividades: A) COMERCIALES: 1) La
comercialización por mayor o menor, distribución,
importación y exportación, de agroquímicos. 2)
La actuación como comisionista de compra -venta,
agente o representante comercial en el país o el
extranjero, de agroquímicos. 3) Compra, venta,
acopio, importación, exportación, consignación
y distribución, ejercicio de representaciones,
comisiones y mandatos, intermediaciones,
instalación de depósitos, ferias, transporte,
secado, acondicionamiento, referentes a los
productos originados en la agricultura, cereales y
oleaginosas. B) CONSTRUCCIÓN: 1) Proyecto,
dirección y ejecución de obras de arquitectura e
ingeniería civil, de carácter público o privado, sea
a través de contrataciones directas o de licitaciones,
como construcción de edificios por el régimen de
propiedad horizontal, viviendas unifamiliares,
condominios, barrios cerrados, urbanizaciones,
countrys, clubes de campo, loteos; estructuras y/
o infraestructuras prefabricadas de hormigón,
madera o metálicas; realización de demoliciones;
obras viales de apertura, mejoras y pavimentación
de calles y rutas; construcción de diques,
canalización y potabilización de aguas y redes de
desagüe; tendido de líneas eléctricas y redes de
alta tensión. 2) Compra, venta, consignación,
importación y exportación de materias primas,
materiales de construcción, maquinarias y
herramientas afines a la construcción; C)
INMOBILIARIAS: 1) compra, venta, permuta,
locación, urbanización y administración de bienes
inmuebles urbanos o rurales, incluso las
operaciones comprendidas en las leyes sobre
propiedad horizontal y de todo tipo de obra de
infraestructura. Se excluyen las actividades
comprendidas en la ley 21526. 2) Compra, venta,
y arrendamiento de plantas industriales y
establecimientos comerciales. Para cumplir con
las actividades antedichas la sociedad tiene plena
capacidad jurídica para ejercer derechos, contraer
obligaciones y ejecutar los actos que no sean
prohibidos por las leyes o por este estatuto.-- 6)
Capital Social: El capital social se fija en la suma
de pesos doce mil ($ 12.000) representado por
mil doscientas (1.200) acciones de pesos diez
($10) valor nominal cada una, ordinarias,
nominativas, no endosables, que confieren derecho
a un (1) voto por acción. El Capital Social se
suscribe e integra EN DINERO EN EFECTIVO,
conforme al siguiente detalle: AGHEMO Juan
Carlos, suscribe seiscientas (600), lo que hace un
total de Pesos Seis Mil ($ 6.000); BARRETO
Hernán Alberto, suscribe seiscientas (600)
acciones, lo que hace un total de Pesos Seis Mil ($
6.000), en todos los casos el capital se integra del
siguiente modo: el veinticinco por ciento (25%)
que representa la suma de Pesos tres mil ($3.000)
se integra con dinero en efectivo y en este mismo
acto de constitución, y el monto remanente en un
plazo no superior a dos años, conforme indica y
obliga la Ley de Sociedades Comerciales 19.550;
7) La dirección y administración La dirección y
administración de la sociedad estará a cargo de un
Directorio compuesto del número de miembros
que fijen la Asamblea, entre un mínimo de uno (1)
y un máximo de tres (3), con mandato de un (1)
ejercicio. La Asamblea podrá designar suplentes,
por igual o menor numero de los titulares o por el
mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se
produjeran en el orden de su elección. Mientras la
sociedad prescinda de la Sindicatura, la designación
por la Asamblea de por lo menos un (1) director
suplente será obligatoria y el Director Suplente
cubrirá las vacancias de los directores titulares.
La representación de la sociedad estará a cargo del
Presidente del Directorio cuando el órgano sea
unipersonal; y a cargo del Presidente y/o del
Vicepresidente y/o Director Titular -actuando
indistintamente cualquiera de ellos- cuando el
número de componentes del Directorio sea dos o
más, teniendo capacidad cualquiera de ellos para
representar a la Sociedad. Cuando el Directorio
fuere integrado por dos o más directores, este
órgano sesionará válidamente con la presencia de
la mayoría absoluta de sus miembros y se
adoptarán resoluciones por mayoría de votos
presentes. Por unanimidad se resuelve designar
para integrara el órgano de administración por el
ejercicio correspondiente al año en curso a las
siguientes personas: DIRECTOR TITULAR-
PRESIDENTE: AGHEMO Juan Carlos DIREC-
TOR SUPLENTE: BARRETO Hernán Alberto,
ambos constituyen domicilio especial (art. 256
L.S.) en calle Rafael Obligado Nº 60, de la ciudad
de Río Tercero, Provincia de Córdoba, Republica
Argentina. 8) Fiscalización: Se prescinde de la
Sindicatura en virtud de las disposiciones del
artículo 284 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades
Comerciales, modificada por la ley 22.903.
Cuando por el aumento del capital la sociedad
quedara comprendida en el inciso 2º del articulo
299 de la ley citada, la Asamblea deberá elegir,
por el termino de tres ejercicios, un Sindico Titu-
lar y un Suplente.- 9) El ejercicio social cierra el
31 de diciembre de cada año.- N° 4373 - $ 340.-
FERRERO HNOS SACIF
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por acta de Asamblea General Ordinaria Nº 43,
de fecha 30 de Abril de 2004, se designaron las
siguientes autoridades: Presidente: Alberto Carlos
Ferrero L.E 3.245.610; Directores Titulares Vo-
cal 1°: Miguel Angel Gonzalez Stutz D.N.I
12.365.800; Vocal 2°: Ana Leticia Ferrero D.N.I
14.475.272, Director Suplente: Luis Leopoldo
Oddone L.E 6.511.902; por el término de dos
ejercicios; Síndico Titular: Cr. Heriberto Atilio
Bornancini L.E 6.483.427; Síndico Suplente: Cr.
Mario Atilio Dubini L.E 6.476.564, por el témino
de un ejercicio. N° 4344 - $ 40.-
ESTANCIA LA CABAÑA S.R.L.
Cesión de Cuotas Sociales
Modificación de Contrato Social
Por Acta Número Cuatro de fecha 09 de
Septiembre de 2009 las Sras. María Marcela
Raquel Del Boca, DNI 10.320.330 y Claudia
Elizabeth del Boca Bianchi, DNI 22.560.443,
cedieron 180 cuotas sociales de $ 100 c/u a los
socios entrantes Sr. Pablo González Del Boca,
DNI 29.188.910, de 27 años de edad, de estado
civil soltero, de nacionalidad argentina, nacido el
4 de noviembre de 1981, de profesión ingeniero
agrónomo, con domicilio real en calle Belgrano Nº
214 de la localidad de Tanti y a la Sra. Ana María
Del Valle Del Boca, DNI 5.785.516, de estado
civil casada, de profesión médica, de nacionalidad
argentina, con domicilio en calle Arrambide Nro.
15 de la ciudad de Villa Carlos Paz. Socios: A
partir del día nueve de septiembre de 2009 son
únicos socios integrantes de la sociedad de
referencia, la Sra. Ana María Del Valle Del Boca,
DNI Nº 5.785.516 y el Sr. Pablo González Del
Boca, DNI 29.188.910. El capital social continuará
siendo de Pesos Cincuenta y Cuatro Mil ($
54.000.-) dividido en 540 cuotas de Pesos Cien ($
100.-) cada una correspondiendo al Sr. Pablo
González del Boca: 180 cuotas sociales, y a Ana
María Del Valle Del Boca: 360 cuotas sociales. La
dirección y administración de los negocios sociales
y la representación de la sociedad continuará tal
como se encontraba establecido en el artículo
séptimo del contrato social.- Juzgado de 1º
Instancia y 29º Nominación Civil y Comercial.
Oficina, 5 de Marzo de 2010.- FDO: María
Eugenia Perez ( Prosecretaria Letrada ) .-
N° 4375 - $ 84.-
EXCON S.R.L.
CESIÓN DE CTAS. y MODIF. CTO.
TEXTO: El Sr. Juez de 1ª Inst. y 26ª Nom.
Civil y Comercial, Concursos y Sociedades Nº 2
de la Ciudad de Córdoba, hace saber que la sociedad
EXCON S.R.L. inscripta en el Registro Público
de Comercio bajo el Número 593, folio 2453, tomo
10, del 23/5/1996; a) Por acta de socios nº 19 de
fecha 2/1/09 se decidió por unanimidad nombrar
nuevo socio gerente al Sr. Juan Carlos Yadarola
DNI 16.741.436 y modificar la cláusula sexta del
contrato social, que quedó redactado de la
siguiente manera: “SEXTA: La administración,
representación y uso de la firma social, con las
limitaciones previstas al final de este artículo,
serán ejercidas en forma indistinta por uno o más
gerentes, socios o no, siendo designado en este
acto el socio JUAN CARLOS YADAROLA para
desempeñar el cargo. Representará a la sociedad
en todas las actividades y negocios que
correspondan al objeto de la misma. Le queda
prohibido comprometer la firma social en actos
extraños al objeto de la sociedad. El o los gerentes
tienen todas las facultades para administrar los
bienes de la sociedad y representarla, pudiendo
en consecuencia celebrar en nombre de la misma
toda clase de actos jurídicos que tiendan al
cumplimiento del objeto social, inclusive operar
con bancos públicos y privados, con las
limitaciones establecidas en la Ley Nacional
18.061; establecer agencias, sucursales, y otras
especies de representación dentro o fuera del país;
representar a la sociedad en asuntos
administrativos, judiciales y en conflictos
extrajudiciales; y otorgar poderes, TODO ELLO
CON LAS SIGUIENTES LIMITACIONES:
Será necesario el acuerdo del cincuenta y cinco
por ciento del capital social representado por los
socios reunidos en asamblea, para obligar a la
sociedad en créditos con instituciones bancarias o
financieras (sea de carácter público o privado) y
para la disposición de bienes inmuebles o de
cualquier maquinaria destinada a producción. La
sociedad no podrá actuar como garante o fiadora
de socios o de terceros.-“b) Por Contrato de
Cesión de fecha 04/05/09 los SRS. FRANCISCO
ANTONIO DIAZ CARDEILHAC, DNI
16.228.915, nacido el 23 de enero de 1963,
argentino, casado, ingeniero civil, con domicilio
en Dean Funes 686 de esta Ciudad; MARIO
PEDRO VALDEMARCA, DNI 17.159.557,
nacido el 11 de mayo de 1965, argentino, soltero,
comerciante, con domicilio en calle Jujuy 45, 2º
piso “B” de esta Ciudad; ceden, venden y
transfieren a las SRS. JUAN CARLOS
YADAROLA, DNI 16.741.436, nacido el 24 de
abril de 1964, argentino, casado, ingeniero civil,
con domicilio en calle Méjico 141 de la ciudad de
Va. Allende de esta Provincia y HUGO HÉCTOR
GALLETTI, DNI 16.741.153, nacido el 19 de
diciembre de 1963, argentino, divorciado,
ingeniero civil, con domicilio en Fray Mocho 2630,
Parque Corema de esta Ciudad; la totalidad de las
cuotas sociales de las que son propietarios
conforme al siguiente detalle: Francisco Antonio
Díaz Cardeilhac, la cantidad de Ochenta (80)
cuotas de Pesos Cien ($100) cada, por un total de
Pesos Ocho Mil ($8.000); y Mario Pedro
Valdemarca la cantidad de Cincuenta (50) cuotas
de Pesos Cien ($100) cada una, por un total de
Pesos Cinco Mil ($5.000). Los Cesionarios
adquieren las cuotas sociales en la proporción
correspondiente para que cada uno de ellos quede
en definitiva como titular del 50% del capital so-
cial.- c) Por acta de socios nº 21 de fecha 5/5/09
los socios deciden aprobar por unanimidad la
modificación de la cláusula cuarta del contrato
social, la que quedará redactada de la siguiente
manera: CUARTA: El capital social lo constituye
la suma de Pesos Veinte mil ($.20.000), dividido
en DOSCIENTAS (200) cuotas de Pesos Cien
($.100) cada una, las cuales han sido suscriptas e
integradas por los socios en la siguiente
proporción: El Socio JUAN CARLOS
YADAROLA la cantidad de CIEN (100) cuotas
de Pesos Cien ($.100) cada una, por un total de
Pesos Diez Mil ($.10.000) y el Socio HUGO
HÉCTOR GALLETTI la cantidad de CIEN (100)
cuotas de Pesos Cien ($.100) cada una, por un
total de Pesos Diez Mil ($.10.000).” d) Por acta
de socios nº 22 de fecha 6/5/09 los socios que
representan al 100% del capital social, Sres. Juan
Carlos Yadarola DNI 16.741.436 y Hugo Héctor
Galletti DNI 16.741.153, deciden aprobar por
unanimidad los siguientes punto: 1) La
modificación de la denominación social de
“EXCON S.R.L.” por “GALLETTI y
YADAROLA S.R.L.”; 2) La modificación del
plazo de duración en cuarenta (40) años a partir
de la inscripción del texto ordenado en el Registro
Público de Comercio. 3) La ratificación de la
designación como socio gerente del Sr. Juan Carlos
Yadarola hecha por acta nº 19 del 02/01/09. 4) El
traslado de la sede social a la calle Méjico 141,
Barrio Cóndor Alto de la ciudad de Villa Allende
de la provincia de Córdoba. 5) El texto ordenado
del Contrato Social que contempla la cesión de
cuotas y los puntos precedentemente tratados, y
que en lo pertinente quedó redactado de la
siguiente manera: “PRIMERA: Continúa
funcionando una sociedad de responsabilidad
limitada cuya denominación comercial será:
“GALLETTI y YADAROLA S.R.L.”. SE-
GUNDA: Tendrá su domicilio en jurisdicción de
la ciudad de Villa Allende, Provincia de Córdoba,
República Argentina, y sede social en calle Méjico
141, Barrio Cóndor Alto, Villa Allende de la
Provincia de Córdoba, pudiendo establecer
sucursales, agencias o representaciones en
cualquier lugar del territorio nacional o del
extranjero.- QUINTA: El plazo de duración se

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