SOCIEDADES / BROTHERING´S SRL de

Fecha de publicación14 Septiembre 2021
Número de registro240156
Número de Gaceta30061

POR 1 DIA - EDICTO BROTHERING´S SRL: Expte N°3329-205-B-2021 y agregados. Se hace saber que se encuentra en trámite de inscripción las modificaciones de la Sociedad de Responsabilidad Limitada Brothering´s SRL según Expte N°3329-205-B-2021 de fecha 29/06/21 y agregados. *Denominación: La denominación de la sociedad es BROTHERING`S S.R.L *Domicilio: Tiene su domicilio en Avenida Brígido Terán N° 250, Local N° 48, con jurisdicción en San Miguel de Tucumán, pudiendo establecer agencias y/o sucursales y/o filiales en cualquier lugar de la República Argentina y/o en el exterior. *Objeto: El objeto de la sociedad será el de administrar JUEGOS DE AZAR, como empresa operadora de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, por concesión y/o autorización de la misma. *Capital: El capital social estará constituido por la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000),dividido en 1.500 (un mil quinientas) cuotas sociales de pesos 100 (cien) cada una, las cuales han sido distribuidasen las siguientes proporciones: el Sr. Sagra Roberto José Emilio con la titularidad de un mil doscientas (1.200) cuotas sociales, constituye el ochenta por ciento (80%) del Capital Social y el Sr. Rodríguez del Busto Nicanor Ernesto, con la titularidad de trescientas (300) cuotas sociales, constituye el veinte por ciento (20%) del Capital Social; formando el total del monto del Capital Social y por lo tanto únicos socios integrantes de la razón social. *Duración: El plazo de duración será de veinte (20) años, los que serán contados retroactivamente a partir del día 2 del mes de noviembre de 2.008, hasta la finalización del plazo establecido. Administración y representación: la administración y representación será ejercida por el Sr. MIGUEL ALBERTO FENINO, quien revestirá el cargo de Gerente, con los derechos y obligaciones que le confiere la ley 19.550 de sociedades comerciales, quien actuará individualmente haciendo uso de la firma social en todos los actos y operaciones que sean necesarios para cumplir con el objeto social. Se necesitará en forma obligatoria la actuación conjunta de los socios para la realización de lo siguiente: a) Constituir, aceptar o reconocer hipotecas, prendas y demás derechos reales; b) Aceptar o dar fianzas, inclusive las relativas al giro del negocio; c) Hacer pagos que no sean los ordinarios de la administración; d) Hacer donaciones o gratificaciones al personal o a terceros; e) Prestar dinero o cualquier bien del negocio; f) Vender o...

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