Sociedades / C.A.C. S.A.. Aviso Nro: 153088
Fecha de la disposición | 17 de Septiembre de 2010 |
Número de Boletín | 27370 |
Fecha de Publicación | 17 de Septiembre de 2010 |
POR 1 DIA - Por disposición del Señor Juez de Comercio Dr. Carlos Alberto Arraya quién por titular se hace saber por expediente 1578/10, de fecha 29/07/2010, se encuentra en trámite de inscripción el instrumento mediante el cual la Dirección de Personas Jurídicas, Resolución N° 180/10 DPJ, de fecha 02 de julio de 2010, Expte. N° 4974/211-C-04, Resuelve:Artículo 1°:confórmese la reforma de los artículos 1°, 5°, 6°, 18° y 19° del Estatuto de la Sociedad "C.A.C. S.A.", con domicilio legal en jurisdicción de la Provincia de Tucumán, resuelta por Asamblea General Extraordinaria de fechas 15/07/2002, 05/11/2007 y 30/09/2009 en cuanto al Art. 1°, resuelta por Asamblea Extraordinaria de fechas 05/11/2007 y 30/09/2009, en cuanto al Art. 5° por Asamblea General Extraordinaria de fecha 30/09/2009 en cuanto a los Arts. 6°, 18° y 19° cuyo nuevo texto ordenado del estatuto social obra glosado de fs. 261 a 264 vta. del Expte N° 4974/211-C-04, el que a continuación se transcribe:Nuevo texto ordenado de los estatutos sociales de la sociedad "C.A.C. SOCIEDAD ANONIMA", conforme modificaciones introducidas por la Asamblea Extraordinaria de fecha 30-09-2009, en los Arts.:1°, 5°, 6°, 18° y 19°, siendo el tenor literal del nuevo texto ordenado el siguiente:Artículo 1°. Con la denominación de "C.A.C. SOCIEDAD ANONIMA", se constituye una Sociedad Anónima, con domicilio en la Jurisdicción en la Provincia de Tucumán, República Argentina. El directorio podrá establecer sucursales, en cualquier parte del país. Artículo 2°. La duración de la sociedad se fija en noventa y nueve años a contar desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Artículo 3°.- La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociados a terceros las siguientes operaciones:Producción e intercambio de bienes y servicios derivados de la actividad constructora, construcción locación y venta de viviendas urbanas y rurales; construcción por cuenta propia de obras civiles y/u obras públicas, puentes, caminos, infraestructuras y en general toda actividad relacionada con la construcción y negocios inmobiliarios; vender, financiar, comprar y/o negociar sobre toda clase de bienes inmuebles, pudiendo invertir en dicha actividad como mediador entre comprador y vendedor; explotación de la actividad agrícola ganadera y en general toda actividad vinculada al quehacer rural. Artículo 4°. Medios para el cumplimiento de sus fines:para la realización del objeto social, la Sociedad...
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