Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Secretaria General 1, 12 de Agosto de 2019, expediente CIV 024252/2019

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2019
EmisorCamara Civil - Secretaria General 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SECRETARIA GENERAL 1 24252/2019 SOCIEDAD COLECTIVA MARIO JACCAZIO E HIJOS c/ SILVA, RENE OMAR Y OTROS s/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO Buenos Aires, de agosto de 2019.MIS AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Vienen estas actuaciones a conocimiento del T.unal de Superintendencia con motivo del conflicto de competencia planteado entre los Juzgados Civiles n° 11 y 91.

La sociedad actora promueve demanda de desalojo por vencimiento de contrato con relación al inmueble ubicado en la Av. G.. Paz 2690/98, letra “N”, de la Localidad de S.P., Partido de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires.

La Sra. Juez a cargo del Juzgado Civil n° 11 declinó su competencia por razones de conexidad con el expediente caratulado “Sociedad Colectiva Mario Jaccazio c/

Silva, R.O. y otro s/desalojo por falta de pago” (n°

104.856/1993) radicado ante el Juzgado Civil n° 91.

Tal temperamento no fue aceptado por el Sr.

Magistrado del mencionado Juzgado, por los argumentos expuestos a fs. 408/408 vta.

Planteada en estos términos la contienda, se señala que el art. 8 del Anexo 1, del Reglamento para la Justicia Nacional en lo Civil enumera los supuestos en los que un proceso será radicado ante el tribunal que hubiera prevenido en otro, enumeración que reviste carácter taxativo por importar una excepción a la regla general para la asignación de causas.

Entre ellos se menciona a los procesos que se promovieren como consecuencia de un mismo contrato de locación y se relacionaren con idéntico inmueble.

Del estudio de las constancias de autos y lo manifestado por las actoras en su escrito inicial se desprende que ambos procesos tienen su origen en la misma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR