Las obras sociales deberán cubrir los tratamientos de fertilización

Las parejas que tienen dificultades para concebir un hijo ya no tendrán que costear de su bolsillo http://www.lanacion.com.ar/1588963-cristina-kirchner-sobre-la-ley-de-fertilizacion-asistida-felicitaciones-a-todos-los-que-luchCon aplausos y vítores, la Cámara de Diputados sancionó ayer la ley que dispone que esos tratamientos sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO), por lo que a partir de ahora las http://www.lanacion.com.ar/1588882-fertilizacion-asistida-las-prepagas-creen-que-la-ley-es-una-irresponsabilidad.Después de un año de dormir el sueño de los justos en el Senado, la iniciativa finalmente se aprobó por abrumadora mayoría, con 203 votos positivos, 1 negativo (del aliado kirchnerista Julio Ledesma) y 10 abstenciones, en su mayoría del bloque Pro. El resultado final fue festejado por los legisladores como las decenas de mujeres y parejas que siguieron la sesión desde los palcos, exultantes ante la primera respuesta parlamentaria en un tema que ya lleva más de 20 años de vacío legislativo.La presidenta Cristina Fernández celebró la aprobación en Twitter: "Felicitaciones a todos los que lucharon por la ley; se la ganaron", dijo.La flamante ley establece que en el PMO quedarán comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad (como la fertilización in vitro), incluyan o no la donación de gametos y/o embriones. Asimismo, podrán acceder a estos procedimientos todas las personas mayores de edad tras expresar un consentimiento informado, más allá de su orientación sexual o de su estado civil.De acuerdo con el texto aprobado ayer, estarán obligadas a costear las prestaciones tanto el sistema público de salud y las obras sociales (incluida la de la Justicia y la del Congreso) como la medicina prepaga. Los procedimientos y las técnicas incluidos serán aquellos aprobados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), como la inducción a la ovulación; la estimulación ovárica controlada; el desencadenamiento de la ovulación; las técnicas de reproducción asistida (TRA) y la inseminación intrauterina, intracervical o intravaginal, con gametos del cónyuge, pareja conviviente o no o de donante, "según los criterios que establezca la reglamentación" de la ley por el Poder Ejecutivo.También queda comprendido el servicio de guarda de gametos o tejidos reproductivos para aquellas personas aún menores de edad que, "aun no queriendo llevar adelante la inmediata consecución del embarazo, por tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas puedan ver...

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