Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 9 de Mayo de 2017, expediente CCF 005616/2014/CA001

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 5.616/14/CA1 “S.J. s/ solicitud de carta de ciudadanía”

Buenos Aires, 9 de mayo de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto en subsidio a fs.

312/345 y vta. contra la providencia de fs. 311, y CONSIDERANDO:

  1. El Juez de primera instancia valoró la documentación acompañada por el señor J.S. y, de conformidad con lo dictaminado con el F. a fs. 310, juzgó que ella era insuficiente para acreditar los medios de subsistencia honestos exigidos por la reglamentación para conceder la carta de naturalización (fs. 311).

  2. Contra tal resolución apeló el peticionario quien, en resumen, expone los siguientes argumentos: a) se encuentra demostrada la actividad laboral lícita; b) el desconocimiento de la certificación contable importa el uso irrazonable de las facultades probatorias que autorizan las normas procesales; c) se está restringiendo el derecho reconocido en el art. 20 de la Constitución Nacional; d) el trámite de la ciudadanía es comparable al del juicio ejecutivo y, por ende, sólo son admisibles las excepciones previstas en el decreto 3213/84 y e) la exigencia de abrir una cuenta bancaria en el país para recibir dinero del exterior importa establecer como requisito para la obtención de la ciudadanía la residencia legal, extremo ausente en la ley de nacionalidad (fs. 324, punto IV).

  3. En primer lugar, la analogía que ensaya el apelante entre el trámite de ciudadanía y el proceso ejecutivo carece de eficacia para relevarlo de las exigencias que imponen la ley y el reglamento. Cada tipo de proceso está delineado para cumplir con los fines que le son propios y no se ve de qué modo lo que se establezca para uno puede influir en el otro (ver esta Sala, causa, 2180/2016/RH1 de 2/08/16, y sus citas).

    Fecha de firma: 09/05/2017 Alta en sistema: 18/05/2017 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #24255938#178256092#20170510093407377

  4. A fin de abordar las restantes quejas del apelante, es pertinente recordar que el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 3213/84, reglamentario de la ley 346 de ciudadanía y naturalización. En él se fijan las causas que obstan a conceder la carta de naturalización (art. 6 de la ley 346), entre las cuales se encuentra “no tener ocupación o medio de subsistencia honestos” (art. 3, tercera parte, inc. a) del decreto 3213/84).

    La disposición no importa exceso...

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