Sentencia de SALA III, 16 de Marzo de 2016, expediente CCF 006047/2015/CA001

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2016
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III “AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL"

Causa nº 6.047/15/CA1 “S.L.E. c/ Origenes Seguros de Retiros SA s/ proceso de conocimiento”

Buenos Aires, 16 de marzo de 2016.

Y VISTOS: el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N°

8 y el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 14, y CONSIDERANDO:

  1. Que la accionante invocando el carácter de titular de un seguro de renta vitalicia previsional en dólares estadounidenses, inicia la presente acción contra Origenes Seguros de Retiro S.A., persiguiendo que la demandada se abstenga de aplicar las resoluciones n° 28.592 y n° 28.924 de la S.S.N. al momento de liquidar mensualmente la renta pactada mediante la póliza respectiva. Asimismo, solicita la restitución de la diferencia resultante entre los montos liquidados desde dos años para atrás desde la interposición de la demanda (v. fs. 12).

  2. El Juez de la anterior instancia se declaró incompetente a fs. 20/21vta., y dispuso la remisión de las actuaciones a la Justicia Nacional en lo Comercial; la magistrada a cargo del Juzgado resistió tal atribución de competencia mediante resolución de fs. 23/24.

    Elevados los autos a esta S., se corrió vista al S.F. General, quien propició la competencia para entender en la presente causa a la Justicia en lo Civil y Comercial Federal, con remisión al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 30.09.03 en la causa “Viejo Roble SA c/ Bank Boston SA s/acción meramente declarativa” (ver dictamen de fs.

    32).

  3. Corresponde señalar que las cuestiones resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en innumerables Fecha de firma: 16/03/2016 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #27538227#148498720#20160317050748486 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III “AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL"

    casos (causas n° 514/12 del 6.06.12, 3.706/12 del 4.12.12 y 5.888/12 del 5.02.13, 7.516/13 del 14.11.14, 1.135/15 del 17.09.15, entre otras).

    Allí se sostuvo que, si bien para determinar la competencia corresponde atender de modo principal a la exposición de los hechos que el actor hace en su demanda, y después, sólo en la medida que se adecue a ello, al derecho que invoca como fundamento de la pretensión (conf. CSJN...

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