Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 6 de Abril de 2018, expediente CAF 071425/2017/CA001

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA I Causa nº 71425/2017, “SKF ARGENTINA SA c/ DGA s/CODIGO ADUANERO - LEY 22415 -

ART 105”

Buenos Aires, de de 2018.- SR AUTOS Y VISTOS:

I.A. copia de lo resuelto en el día de la fecha en la causa nº 71.770/2017, “SKF Argentina SA c/ DGA s/ Código Aduaneroley 22415 – art 105,” y estese a la conexidad allí

aceptada.

  1. Con carácter previo a resolver la medida cautelar solicitada por la firma actora, requiérase a la parte demandada mediante oficio que, dentro del plazo de 5 días, remita la totalidad de las actuaciones administrativas —o copias certificadas— relacionadas con la resolución impugnada y produzca el informe previsto en el art.

    4º de la ley 26.854.

    Se hace saber a la firma actora que la confección, suscripción y diligenciamiento del oficio respectivo, al cual deberá

    acompañarse copia de todo el expediente, se encuentra a su cargo.

  2. En razón del objeto y la naturaleza de los actos cuya suspensión cautelar se pretende, se observa en la causa la existencia de circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican dictar la medida interina que aquella norma prevé. En consecuencia, suspéndanse los efectos de la resolución 1835/2015 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y de la resolución 202/2012 (SDG OAM), hasta que se haya cumplido con lo dispuesto en el párrafo anterior y el tribunal se encuentre en condiciones de resolver la medida cautelar solicitada. ASÍ SE...

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