Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 25 de Agosto de 2016, expediente CAF 015760/2015/CA001

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa Nº 15760/2015/CA1, “SKF ARGENTINA SA C/ DGA Y OTRO S/ CODIGO ADUANEROLEY 22415- ART 70

Buenos Aires, de agosto de 2016.-

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que en el art. 310, inciso 1°, del CPCCN, se establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso dentro de los seis (6)

    meses en primera o única instancia y, conforme a lo previsto en el art. 311, dicho plazo procesal se debe computar desde la fecha de 9la última petición de las partes o resolución o actuación del juez, secretario o prosecretario que tenga por efecto impulsar el procedimiento, y corre durante los días inhábiles, salvo los que correspondan a las ferias judiciales o aquéllos en que –por circunstancias de hecho o de derecho– las partes se hallaren impedidas de activar el proceso (confr. esta S., “E.G.S. c/

    Instituto de Ayuda Financiera s/ empleo público”, 30 de septiembre de 1993; entre muchas otras).

  2. ) Que, en el caso, el 3 de noviembre de 2015 se dispuso oficiar a la Dirección General de Aduanas a los fines de requerirle la remisión de las actuaciones administrativas, quedando a cargo de la actora la confección y diligenciamiento del oficio correspondiente (fs. 76).

  3. ) Que, de las constancias de estos autos y del sistema informática Lex 100 se desprende que desde el proveído de fs. 76 (3 de...

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