Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 5 de Febrero de 2015, expediente CAF 071981/2014/CA001

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa N° 71981/2014/CA1 “SKF Argentina S.A. c/ AFIP DGA s/ Código Aduaneroley 22415art. 105

Buenos Aires, 5 de febrero de 2015.

Y VISTOS y CONSIDERANDO:

  1. ) Que SKF Argentina S.A. solicitó una medida cautelar a fin de que se suspendieran los efectos de la resolución 639/14, del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, que confirmó la sanción de suspensión por dos días en el Registro de Importadores y Exportadores impuesta por resolución 206/11 de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas. Asimismo, planteó la inconstitucionalidad de las restricciones impuestas por la ley 26.854 para la concesión de la tutela requerida (fs. 2/25).

  2. ) Que el art. 105 del Código Aduanero fija el procedimiento de impugnación de sanciones como la aquí examinada, estableciendo el efecto devolutivo del recurso directo ante esta cámara.

  3. ) Que la Corte Suprema ha declarado inconstitucional la clausura de establecimientos por la Administración, cuando la decisión no era susceptible de ser impugnada judicialmente con efecto suspensivo (Fallos 284:150 y 321:1043). También ha destacado que la validez de los procedimientos administrativos se encuentra supeditada, como principio, a que las leyes dejen abierta la posibilidad de una revisión judicial ulterior (Fallos 248:646 y 253:4859), pues sólo así quedan debidamente a salvo pautas esenciales de la constitución.

    Sobre dicha base, se ha concluido que la suspensión del Registro de Importadores y Exportadores se asimila en sus características a la decisión que dispone la clausura de establecimientos, dadas las similares consecuencias prácticas que presenta la ejecución de ambas sanciones: la paralización de la actividad del actor (CNCAF, sala III expte 26.377/10 “Acegame S.A. c/ DGA –resol 235/08 exp 12042-137/08 ME resol 304/10, sent. del 13/9/10; y esta sala, causa 40273/2013 “SKF Argentina S.A. c/ EN – Mº Economía y otro s/

    Código Aduaneroley 22415art. 105”, resol. del 19/11/13; y sus citas).

    De modo que una aplicación extensiva del criterio de la Corte Suprema que impide efectivizar una clausura hasta tanto exista una revisión judicial de la medida, exige tener por configurado en el caso la verosimilitud tanto del derecho invocado como de la ilegitimidad del efecto devolutivo previsto en la norma referida (art. 13, inc. 1, ap. b y c de la ley 26.854; esta sala, causa N°

    Fecha de firma: 05/02/2015...

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