Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 26 de Mayo de 2022, expediente COM 014064/2018

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

EXPTE. NRO. 14064/2018 - S.F.A.C. UNITED

AIRLINES INC. S. ORDINARIO.

Juzgado Nro. 28 – Secretaría Nro. 55

Buenos Aires, 26 de mayo de 2022.

Y Vistos:

  1. Interpuso la representación letrada de la demandada a fs. 577/93 (conforme foliatura digital que surge de la compulsa realizada sobre el sistema de gestión LEX100), recurso extraordinario contra el pronunciamiento de esta Sala del 08/04/2022 que declaró inaudible el recurso de apelación deducido a fs. 535. Ello, por no superar el monto mínimo previsto en el art. 242 CPCCN. Corrido el traslado ritual, la accionante pese a encontrarse debidamente notificada, guardó silencio al respecto.

  2. El recurso propuesto será desestimado en los términos del art. 14 de la ley 48.

    a.- El pronunciamiento cuestionado se basa en fundamentos de naturaleza no federal, de hecho o de derecho no comprendido en el art. 14, Ley 48, ajenos en principio a ese remedio; y admitirlo implicaría la apertura de otra instancia revisora no contemplada por el ordenamiento jurídico;

    b.- La procedencia del recurso en examen es de carácter excepcional, y requiere un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista o una decisiva ausencia de fundamentación (CSJN., 11-4-85, ED

    114-144; Fallos: 311:345 y 571), circunstancia que aquí no se verifica.

  3. Sin perjuicio de lo considerado supra -que bastaría para desestimar lo pretendido-, cabe realizar algunas precisiones en torno a la ‘arbitrariedad’ alegada.

    Véase que —entre otras cosas— manifestó la recurrente:

    … La Sentencia Recurrida agravia los derechos constitucionales de mi Fecha de firma: 26/05/2022

    Alta en sistema: 27/05/2022

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    32108429#328776889#20220526105123169

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

    mandante por (i) ser errónea, (ii) no aplicarse al caso de autos, (iii) por ser arbitraria y (iv) por lesionar el derecho de propiedad de UA (artículo 17 de la Constitución Nacional, en adelante, la “CN”) …” (pág. 10); “ … El error en la Sentencia Recurrida finca en que la cuestión objeto del recurso no es la diferencia entre la liquidación propuesta por el Actor y la practicada por UA, sino, reitero, los rubros o conceptos con los que el Actor la integra, que se tuvieron en cuenta para aprobarla …” (pág. 17); “ … siendo el temperamento del tribunal de grado fundado únicamente en...

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