Aviso Oficial Síntesis del Estatuto Social de la Asociación Argentina de Trabajadores de las Comunicaciones, Aprob. por Resolución Nº 371/2007-mtess

Fecha de publicación19 Junio 2007
Fecha de disposición19 Junio 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31178
  1. Derecho a trabajar.

  2. Derecho a una retribución justa.

  3. Derecho a la capacitación.

  4. Derecho a las condiciones dignas de trabajo.

  5. Derecho a la preservación de la salud.

  6. Derecho al bienestar.

  7. Derecho a la seguridad social.

  8. Derecho a la protección de la familia.

  9. Derecho al mejoramiento económico.

  10. Derecho a la defensa de los intereses profesionales.

  1. Propugnar por el mejoramiento de los servicios de energía eléctrica, y propiciar el acrecentamiento de nuestra participación en la dirección de los mismos.

  2. Propender a la elevación sindical, moral y cultural de sus afiliados mediante la difusión de conocimientos sindicales y sociales. Asimismo, podrán desarrollarlos en sus caracteres técnicos y científicos con la práctica de los cursos de capacitación en sus diversas formas, conferencias de orden gremial, científico, social y excursiones culturales.

  3. Fomentar la unión y camaradería entre sus afiliados con la creación de anexos de esparcimiento, reuniones artísticas, prácticas deportivas, turismo colectivo y colonias de vacaciones F) Mantener una organización sindical sin discriminación política, étnica, ni religiosa:

    1 - Los afiliados tendrán la libertad de practicar la religión o política que deseen, pero no podrán ejercer función directa y/o representativa cuando, dentro o fuera del Sindicato, estén en acción sindical sin previa autorización de los Cuerpos Orgánicos.

    2 - Ningún afiliado podrá investir la representación del Sindicato sin previa anuencia de los cuerpos orgánicos.

  4. Adoptar en defensa y conquista de las reivindicaciones que el Sindicato estime conveniente el medio de lucha que las circunstancias aconsejen, pero en ningún caso se apartarán de los principios éticos y fundamentales que caracterizan y dan personalidad independiente al movimiento sindical de los trabajadores.

  5. Estrechar lazos Nacionales e Internacionales de solidaridad y fomentar la unión de todos los trabajadores de las empresas productoras de la energía eléctrica, para propugnar su mejoramiento económico y social.

  6. Por mandato de su autoridad suprema, la Asamblea General del Gremio y/o Asamblea de Representantes, podrá estar afiliado a una Federación y/o Confederación General de Trabajadores.

  7. Proveer de trabajo a sus afiliados provisionales; a tal fin mantendrá su 'Bolsa de Trabajo'.

  8. Organizar y promover la formación de cooperativas, mutuales, fundaciones y/o entidades financieras de acuerdo a la legislación vigente.

Artículo 43°

Composición:

  1. El Consejo Directivo estará compuesto por 10 Secretarios y 19 Subsecretarios, 10 Subsecretarios suplentes que reemplazarán a los titulares en caso de vacantes.

  2. El Secretariado estará integrado como sigue: 1) Secretario General, 2) Secretario de Acción Social, 3) Secretario de Cultura, Educación y Deportes, 4) Secretario Gremial y Asuntos Técnicos, 5) Secretario de Hacienda y Acción Cooperativa, 6) Secretario de Organización y adoctrinamiento, 7) Secretario de Prensa y Relaciones Públicas, 8) Secretario de Previsión Social y Actas, 9) Secretario de Turismo y Recreación, 10) Secretario de Vivienda y Obras.

  3. Las Subsecretarías tendrán las siguientes denominaciones: 1) Subsecretario General, 2) Subsecretario de Acción Social, 3) Subsecretario de Acción Social y Solidaridad 4) Subsecretario de Cultura, Educación y Deportes 5) Subsecretario de Cultura, Capacitación y Becas 6) Subsecretario Gremial Area Distribución 7) Subsecretario Gremial Area Generación 8) Subsecretario de Asuntos Técnicos 9) Subsecretario de Hacienda y Acción Cooperativa 10) Subsecretario de Hacienda 11) Subsecretario de Organización y Adoctrinamiento 12) Subsecretario de Orientación y Adoctrinamiento 13) Subsecretario de Prensa y Relaciones Públicas 14) Subsecretario de Previsión Social y Actas 15) Subsecretario de Actas 16) Subsecretario de Turismo y Recreación 17) Subsecretario de Campos de Recreo 18) Subsecretario de Vivienda y Obras 19) Subsecretario de Obras.

Artículo 46°

Período: Los Miembros del Consejo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR