Aviso Oficial Sintesis del Estatuto Social del Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Prov de la Pampa

Fecha de la disposición26 de Julio de 2007

j) Para la realización de los propósitos precedentemente enunciados, la Asociación podrá aplicar su fuerza moral y material ejercitando todas las acciones sindicales y legales que crea convenientes.

Artículo 12º

La dirección y administración de la Asociación será ejercida por la Comisión Directiva compuesta por siete (7) miembros titulares y dos (2) suplentes que se desempeñarán en los siguientes cargos:

1) Secretario General 2) Secretario Adjunto 3) Secretario Gremial 4) Sub-Secretario Gremial 5) Tesorero 6) Secretario de Prensa y Actas 7) Secretario de Organización 8) Suplente 1º 9) Suplente 2º Artículo: 15º: Los miembros de la Comisión Directiva durarán dos (2) años en sus funciones y podrán ser reelegidos. Al asumir sus cargos deberán hacer declaración jurada de sus bienes.

CANTIDAD DE AFILIADOS: 55 (CINCUENTA Y CINCO).

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

e. 26/7 Nº 552.471 v. 26/7/2007 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES JUDICIALES DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E.Y S.S. Nº 458/07.

Artículo 1

El Sindicato de trabajadores judiciales de la Provincia de La Pampa, fundado el día 24 de junio de 2005, es el SINDICATO de Trabajadores de Primer Grado, destinado a agrupar a aquellos que prestan servicio en el Poder Judicial de la Provincia de La Pampa, con dependencia inmediata o mediata del Superior Tribunal de Justicia.

El mismo tiene como objeto primordial la DEFENSA DE LOS INTERESES PROFESIONALES DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL. Establece su domicilio legal en la calle General Pico Nº 161 de esta ciudad, donde actualmente tiene su domicilio la Central de Trabajadores Argentinos Seccional La Pampa (C.T.A.). Será su zona de actuación el ámbito territorial de la provincia de La Pampa.

Artículo 27

Los órganos de gobierno, dirección y administración serán: a) Las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. b) La Comisión Directiva. c) El Tribunal de Disciplina.

Artículo 29

La Comisión Directiva estará integrada por siete miembros titulares y cinco suplentes con los siguientes cargos: un Secretario General, un Secretario Adjunto, un Secretario de Organización, un Secretario Gremial, un Secretario de Prensa y Cultura, un Secretario de Actas, un Secretario de Finanzas y cinco vocales suplentes.

Artículo 32

Los miembros de la Comisión Directiva durarán dos años en sus cargos, pudiendo ser reelectos.

Artículo 34

el Secretario General o quien lo sustituya, ejercerá la representación legal del Sindicato. Esta representación también podrá ser ejercida, para casos especiales, por un miembro de la Comisión Directiva que el mismo cuerpo designe al efecto.

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

e. 26/7 Nº 552.469 v. 26/7/2007 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE LA PLATA, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. y S.S. Nº 456/07.

Artículo 1º

Denomínase Sindicato de Empleados de Comercio de La Plata, la organización...

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