Aviso Oficial Sintesis del Estatuto Social del Sindicato de Empleados de Comercio, Aprobado por Resolucion M.T.E. y S.S. Nº 724/07

Fecha de publicación11 Septiembre 2007
Fecha de disposición11 Septiembre 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31236

, es el Sindicato de trabajadores de primer grado, destinado a agrupar a aquellos que presten servicio en el Poder Judicial de la Provincia de La Pampa, con dependencia inmediata o mediata del Superior Tribunal de Justicia.

El mismo tiene como objeto primordial la DEFENSA DE LOS INTERESES PROFESIONALES DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL. Establece su domicilio legal en la calle General Pico N° 161 de esta Ciudad, donde actualmente tiene su domicilio la Central de Trabajadores Argentinos Seccional La Pampa (C.T.A.). Será su zona de actuación el ámbito territorial de la provincia de La Pampa.

Artículo 27°

Los órganos de gobierno, dirección y administración serán: a) Las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. B) La Comisión Directiva. C) El Tribunal de Disciplina.

Artículo 28°

La función de fiscalización será ejercida por la Comisión Revisora de Cuentas y Fiscalizadora.

Artículo 29°

La Comisión Directiva estará integrada por siete miembros titulares y cinco suplentes con los siguientes cargos: Un Secretario General, un Secretario Adjunto, un Secretario de Organización, un Secretario Gremial, un Secretario de Prensa y Cultura, un Secretario de Actas, un Secretario de Finanzas y cinco vocales suplentes.

Artículo 32°

Los miembros de la Comisión Directiva durarán dos años en sus cargos, pudiendo ser reelectos.

Artículo 49°

El Tribunal de Disciplina está integrado por tres miembros titulares y dos miembros suplentes, durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos. Su elección se realizará en forma simultánea con la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas y le alcanzan el mismo procedimiento y causales de revocación de mandato y suspensión.

Artículo 51°

La Comisión Revisora de Cuentas y Fiscalizadora estará constituida por tres miembros titulares y dos miembros suplentes que durarán dos años en sus funciones pudiendo ser reelecto.

Serán elegidos con la Comisión Directiva en el mismo acto eleccionario. -- MIRTA G. de PASCOLINI,

Jefa Administrativa del Departamento, Estructura Sindical.

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 231/07.

Artículo 1°

Denomínase UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.) la organización sindical constituida en Buenos Aires, Capital de la República Argentina, el 19 de julio de 1946, Personería Gremial N° 309, representativa de todos los trabajadores que presten servicios, aún los eventuales, para: Entidades Civiles sin fines de lucro cualquiera sea la forma jurídica que adopte, entidades de derecho público no estatal; colegios de profesionales, estudios, consultoras, embajadas, representaciones diplomáticas cualquiera sea su denominación, entidades sociales, culturales, mutuales, clubes de campo, barrios cerrados y asociaciones profesionales de trabajadores, así como a instituciones o empresas persigan o no fines de lucro, cuya actividad sea la deportiva: ya sea que las entidades civiles, instituciones o empresas desarrollen su actividad por sí o a través de terceros cualquiera sea el acto o estipulación que le diera origen en todo el territorio de la NACION, CON EXCLUSION, del personal por reunión y profesional del turf, que presta servicios en los hipódromos y el personal hospitalario de las entidades mutualistas: asimismo a quienes se desempeñen en funciones de representación y dirección de la empresa; con carácter exclusivo, con personal subordinado con facultades para aplicar sanciones y disponer despidos, con un grado de vinculación con el nivel empresario que ubique a este personal con un alto grado de similitud con el de este nivel, con libertad de horario aún cuando el servicio pudiera ser igual o exceder la jornada normal y con medios de remuneración que superen considerablemente los que corresponden a los más altos del personal de relación de dependencia. La zona de actuación de la Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles, comprende todo el territorio de la Nación. Queda aclarado que carecen de validez, a los efectos de la calificación de los niveles de personal, las que se hubieren efectuado en convenios colectivos celebrados con anterioridad a la aprobación del presente Estatuto.

Artículo 2°

'El domicilio legal de la Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles' (UTEDYC), se fija en la calle Viamonte 2084, de la Nº 31.236 48Martes 11 de setiembre de 2007.

Se encuentran incluidos en dicho ámbito personal de representación:

  1. aquellos que presten servicios en relación de dependencia para empleadores cuya actividad consista en el intercambio de bienes, o en la intermediación para el intercambio de bienes, o en la prestación de servicios por cuenta propia o ajena.

  2. El personal técnico, administrativo o de venta que se desempeñe en actividades industriales, cuando las asociaciones gremiales específicas respectivas no aglutinen dichas categorías;

  3. a los trabajadores que presten servicios en el sindicato, y Obra Social para Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC);

  4. los trabajadores que presten servicios en actividades civiles, con o sin fines de lucro, o cumplen tareas administrativas en empresas transportistas o que tengan bocas de expendio de los productos que elaboran, actividades agropecuarias, empresas de provisión de servicios cuyo personal esté comprendido en las convenciones colectivas suscriptas por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS).

A sus efectos y a título ilustrativo, se enuncian algunas actividades a cuyo personal representará el sindicato, sin por ello excluir a los no mencionados en tanto estén comprendidos en los apartados precedentes:

  1. Tiendas, Almacenes bazares al por mayor y menor;

    Empresas: de ventas de muebles, de ventas de artículos del hogar, de ventas de relojes y joyería, de ventas de libros y artículos de librería, de venta de repuestos, editoriales, de venta de instrumentos musicales, de cigarrerías, de venta de perfumerías, cosmética y peluquería, de venta de juguetería, de venta de óptica, de venta de herboristería, de comercialización de aguas gaseosas, de venta de casas prefabricadas y modulares, de venta de flores, plantas y pájaros, de venta y/o corralones de materiales de construcción, caucho, vidrios y cristales, ferreterías, sanitarios y rezagos, de carnicerías, de bicicleterías y repuestos, de ventas de artículos de panaderías fuera de fábrica, de galerías de artes y antigüedades, de depósitos de mercaderías, quioscos, disquerías;

    de importación y exportación, consignatarias, comercialización y exportación de ganados, cereales y frutos del país, de comercialización, acopio, depósitos y distribución de artículos avícolas, apícolas, agrícolas y ganaderos;

    de acopio, depósito y venta de semillas y forrajes;

    de venta de artículos de rotisería, quesería, fiambrería, pastas y lecherías, Supermercados y Autoservicios,

    Armerías,

    Boutiques,

    Bombonerías,

    Galpones de Empaque de Frutas, Gimnasios,

    Papelerías,

    Pescaderías,

    Peletería,

    Regalería,

    Santerías,

    Sastrerías,

    Sombrererías,

    Saquerías,

    Vinerías,

    Verdulerías,

    Veterinarias,

    Zapaterías,

    Zapatilleras.

  2. Cooperativas de comercialización;

    de transformación;

    de consumo;

    de provisiones;

    de seguros;

    de servicios públicos;

    de trabajo, de viviendas o construcción 3. Empresas financieras y de créditos no bancarias;

    Casas y agencias de cambio, bolsas y valores;

  3. Casas de videos juegos y juegos de azar;

    Empresas de organización de rifas.

  4. Actividades y servicios relacionados con:

    recuperación de envases, líquidos y sólidos;

    fraccionamiento de productos alimenticios;

    fraccionamiento de vinos;

    fraccionamiento de productos químicos;

    envasamiento , distribución, carga y descarga;

    venta de gases y otros combustibles;

    extracción y ventas de áridos en general, fotocopiado y elaboración, de copias heliográficas y dactilográficas; encuadernación y gravado;

    facturas y sellos de goma;

    venta instalación y mantenimiento de medios de comunicación, circuitos cerrados, TV y video cable;

    copiado de videos y video clubes;

    transporte de personal, obreros y escolares;

    transporte de ropa para lavaderos y tintorerías;

    transporte de carga y descarga de mercaderías y elementos diversos dentro del radio urbano, mudanza y depósitos;

    guarda y acarreo y depósito de equipajes;

    lavadero de lanas;

    camping, balnearios y centros recreativos;

    salones de belleza, saunas y masajes;

    academias de enseñanza en general, guarderías, jardines de infantes, colegios privados;

    bibliotecas particulares;

    refacción, pintura, mantenimiento, restauración, limpieza, desinfección y desratización de edificios;

    empresas de barrido, limpieza y recolección de residuos;

    lavaderos y engrase de automotores, playa de estacionamientos y guarderías de automotores y náuticas;

    lavaderos y autoservicios de lavados y secados de ropas;

    alquiler de vajillas, mesas, sillas, televisores y muebles en general;

    depósito, limpieza y resguardo de prendas de cuero y...

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