Aviso Oficial Sintesis del Estatuto Social del Sindic de Trabaj de la Industria del Cine de la Prov de San Luis Aprob P/resol Mte y Ss Nº 140/07

Fecha de disposición02 Mayo 2007
Fecha de publicación02 Mayo 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31146

h) Propender a la superación sindical, social, económica y cultural de sus afiliados mediante la difusión de conocimientos específicos y generales tedientes a ese objetivo.

i) Promover la creación de servicios médicos asistenciales, colonias de vacaciones, proveedurías, cooperativas, serv. mutuales, campos de deportes, centros de esparcimientos, bibliotecas, alojamientos, centro de apoyo educativo, etc.

j) Procurar la instauración de subsidios por enfermedad, invalidez o fallecimiento, asimismo la creación de seguros integrales, de tipo individual o colectivo.

k) Mantener la más estrecha relación de solidaridad con los distintos sindicatos, intercambiando información y experiencias de todo tipo, como aporte a la participación y fortalecimiento de la unidad y superación del movimiento obrero organizado.

l) Fortalecer el compañerismo y la solidaridad entre todos los afiliados por todos los medios a su alcance.

m) Auspiciar toda iniciativa de interés general para el Sindicato.

ARTICULO 18º

El Sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva de once (11) miembros titulares que se desempeñarán en los siguientes cargos:

1- Secretario General 2- Secretario Adjunto 3- Secretario Gremial 4- Pro-Secretario Gremial 5- Secretario Adm. y de Actas 6- Sec. Hacienda y Finanzas 7- Sec. Organiz- Prensa y Propag. 8- Sec. Acción y Previsión Social 9- Secretario de Comunas 10- Pro-Secretario de Comunas.

11- Sec. Viv.- Turismo y Deportes Habrá igual número de vocales suplentes (once) que solo integrarán la Comisión Directiva en caso de renuncia, fallecimiento o impedimento de los titulares.- El setenta y cinco por ciento (75%) de los cargos directivos deberá ser desempeñado por ciudadanos argentinos.- Quienes ejerzan los cargos de Secretario General y Secretario Adjunto, deberán ser ciudadanos argentinos.- El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará tres (3) años. Los miembros de la Comisión Directiva podrán ser reelectos.

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CINE DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E.Y S.S.

Nº 140/07.

ARTICULO 1º

A los doce días del mes de noviembre de 2004, se constituye el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CINE DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS como entidad de primer grado, que agrupará a los trabajadores que presten servicio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR