Aviso Oficial Sintesis del Estatuto Social del Sindicato del Personal de Vialidad Nacional 6º Dto Jujuy. Res.78/05.

Fecha de publicación28 Mayo 2008
Fecha de disposición28 Mayo 2008
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31414

ASOCIACIONES SINDICALES

  1. Representar a sus asociados y demás trabajadores comprendidos en su objeto social, en forma individual o colectiva, y de acuerdo a las leyes vigentes, ante los distintos empleadores, autoridades públicas, poder judicial y organismos paritarios;

  2. Fomentar el espíritu de solidaridad gremial, establecer relaciones y aunar esfuerzos con instituciones similares y afines;

  3. Participar en la defensa de los intereses profesionales y en especial en los problemas concernientes a salarios, carrera profesional y condiciones de trabajo;

  4. Promover actividades culturales en general, organizar cursos, conferencias, propiciar la creación de instituciones educativas cualquiera fuera su nivel, instituir becas, propiciar y sostener una biblioteca y/o publicar un boletín, realizar actos y conferencias sobre aspectos científicos y gremiales o laborales;

  5. Propender al establecimiento de servicios sociales en general destinados a sus asociados y representados, incluyendo servicios de turismo social y organizar actividades deportivas para los mismos.

Para el cumplimiento de sus fines cuenta con plena capacidad legal y podrá realizar todos los actos que se encuentren relacionados con el cumplimiento de su objeto social.

ARTICULO NUEVE

La Asociación será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta de cinco miembros Titulares, que desempeñarán los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocal Titular. Asimismo se elegirá un Vocal Suplente que sólo integrará la Comisión Directiva en los casos de renuncia, fallecimiento ausencia permanente o transitoria o impedimento de sus titulares.

El mandato de los mismos durará dos años y podrán ser reelegidos. Para ser candidato a integrar la Comisión Directiva se requerirá: a) ser mayor de edad; b) No tener inhibiciones civiles ni penales, c) estar afiliado, tener dos años de antigüedad en la afiliación y encontrarse desempeñando la actividad a que se refiere el artículo primero de estos estatutos durante dos años. El 75% de los cargos deberá ser desempeñado por ciudadanos argentinos. El Presidente y el Vicepresidente deberán ser argentinos.

En el caso que el número de afiliados mujeres de la asociación sea igual o mayor al treinta por ciento del total de asociados, al menos dos cargos titulares de la Comisión Directiva deberán ser ocupados por afiliados mujeres. Si el número de afiliados mujeres fuere menor al treinta por ciento, se cubrirán cargos con candidatos mujeres en forma proporcional a la cantidad de afiliados mujeres asociadas.

ARTICULO DIECISIETE

Son deberes y atribuciones del Presidente:

  1. Ejercer la representación legal de la Asociación.

  2. Firmar las actas o resoluciones de la Comisión Directiva y Asamblea correspondiente a las reuniones que asista.

  3. Autorizar con el Tesorero las cuentas de gastos, firmando recibos y demás documentos de la Tesorería de acuerdo con lo resuelto por la Comisión Directiva.

  4. Firmar conjuntamente con el Tesorero los cheques.

  5. Firmar la correspondencia y demás documentación de la Asociación conjuntamente con el Secretario.

  6. Convocar y presidir las reuniones de la Comisión Directiva.

  7. Adoptar resoluciones urgentes, en casos imprevistos ad referéndum de la Comisión Directiva.

CANTIDAD DE ASOCIADOS AL MES DE ABRIL DE 2008: 107.

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL 6º DISTRITO JUJUY, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 78/05.

Artículo 1º En la Ciudad de Jujuy a los tres (25) días del mes de Mayo del año 2002, se constituyó el SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL 6º DISTRITO JUJUY, como Asociación Gremial de 1er

Grado que agrupa a la totalidad del personal de la Dirección Nacional de Vialidad, cualquiera sea el escalafón en que revistan, comprendiéndose al personal en actividad, y al personal pasivo, con las limitaciones del art. 3º inc. d).

El domicilio legal de la agrupación, se fija en Calle Alvear 1152 de la Ciudad de Jujuy.

Fija su zona de actuación en toda la provincia de Jujuy.

Artículo 12º La dirección y administración del Sindicato estará a cargo de la Comisión Directiva Central, la que estará integrada por los siguientes miembros:

Secretario General Secretario Adjunto Secretario de asuntos sociales Secretario Gremial Secretario del Interior Activos Pro Secretario del Interior Pasivos MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA...

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