Aviso Oficial Sintesis del Estatuto Social del Centro de Empleados de Comercio de Berrotaran
Fecha de disposición | 22 Abril 2008 |
Fecha de publicación | 22 Abril 2008 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31389 |
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Peticionar ante las autoridades públicas y demás organismos correspondientes, la adopción de medidas tendientes a elevar las condiciones profesionales, económicas, sociales, culturales y provisionales de los educadores, tanto en actividad y pasividad, como también de los aspirantes a cargo y previsionales.
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Participar y coadyuvar en la elaboración de leyes y decretos laborales y previsionales, en la modificación de los ya existentes y asegurar su plena vigencia.
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Propender a la vinculación con las demás entidades gremiales, profesionales, culturales, tanto en el orden nacional como continental y mundial, cuyos fines y objetivos concuerden con los principios sustentados por esta asociación.
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Participar en encuentros, asambleas o congresos de orden nacional e internacional, cuando éstos debatan problemas que interesen a los docentes en particular o a los trabajadores en general.
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Representar a los educadores que agrupa ante los congresos nacionales e internacionales de índole educacional, laboral o cultural, en todas las delegaciones, actividades, comisiones o instituciones en que deba estar representada en su conjunto la docencia.
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Ejercer la defensa de los intereses, derechos individuales y colectivos de:
- los educadores en lo gremial, profesional o cultural:
- los educandos en su atención plena en la formación de profesionales al servicio de la comunidad;
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Adherir y/o desafiliarse a Federaciones y Confederaciones.
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Promover cursos de perfeccionamiento y capacitación laboral, sindical y profesional; sostener bibliotecas; efectuar publicaciones y realizar todo tipo de actividad cultural.
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Realizar toda actividad lícita que tenga por fin conquistar mejoras de toda índole para la docencia e investigación.
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Bregar por la implantación de un estatuto del docente universitario.
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Bregar por la mejora de los servicios sociales y de turismo de los asociados, por medios propios o por convenio con otras asociaciones.
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Bregar por la participación de todos los docentes en un claustro único, sin discriminación de jerarquías.
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Bregar por la integración de la Universidad con el medio.
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Bregar por la defensa irrestricta de los derechos humanos.
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Defender los comunes intereses de los docentes universitarios que agrupa sin discriminación alguna.
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Luchar por la justa retribución salarial de los docentes que agrupa, que guarde relación con el costo de vida, por la vigencia del estatuto del docente, y por un régimen jubilatorio que reconozca el 82% móvil con 25 años de antigüedad.
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Bregar por un presupuesto educativo del 6% del PBI.
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Impulsar la actualización del docente en la enseñanza e investigación, creando las condiciones materiales apropiadas para ello.
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Luchar por la participación de los docentes y los no docentes en el control de la Obra Social.
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Sostener nuestro accionar sobre la base de que la educación es un derecho popular, y que por lo tanto constituye una función imprescindible, indelegable e inalienable del estado. Educación que deberá ser laica, libre y gratuita.
La Asociación será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta por diez (10) miembros titulares que desempeñarán los siguientes cargos: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario Gremial, Secretario de Asuntos Académicos y Formación Continua, Secretario de Finanzas, Secretario de Prensa y Comunicación, Secretario de Acción Social y Turismo, Secretario de Cooperación y Relaciones Interinstitucionales; Dos (2) Vocales Titulares.
Habrá además Dos (2) Vocales Suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en los casos de renuncia, fallecimiento o impedimento de sus titulares.
Para integrar los órganos directivos se requerirá al afiliado: mayoría de edad; no tener inhibiciones civiles ni penales; estar afiliado; tener dos años de antigüedad en la afiliación y encontrarse desempeñando la actividad durante dos años.
Asimismo, el 75% de los cargos directivos y representativos deberán ser desempeñados por ciudadanos argentinos. El Secretario General y el Secretario Adjunto deberán ser ciudadanos argentinos.
El mandato de los mismos durará cuatro (4) años. Los miembros de la Comisión Directiva podrán ser reelegidos por un mandato más o ser elegidos con rotación de cargos.
En caso de licencia, ausencia, fallecimiento o cualquier otra causa que ocasionare la vacancia transitoria o permanente de su cargo titular, será reemplazado de la siguiente manera: el Secretario General por el Adjunto, y los demás miembros por los Vocales Titulares que decida el cuerpo directivo.
Asimismo, en los mismos casos anteriores, los Vocales Suplentes reemplazarán a los Vocales Titulares. Estos reemplazos se harán por el término de la vacancia.
Las Asambleas son la autoridad máxima de la Organización; pueden ser...
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