Aviso Oficial Sint.Est. Social de la Asoc. Sindical del Pers. del (a.S.P.I.) Aprob.por Res.406/06

Fecha de la disposición27 de Marzo de 2007
Artículo 3

El Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte Automotor de Cargas Generales de Río Negro, agrupará a todos los trabajadores afectados al Transporte Automotor de Cargas, sin distinción religión, sexo o credo político. Especialmente al personal de conducción de vehículos que se utilicen a tales fines y sus auxiliares sea que dicho personal esté ocupado por empresas dedicadas al Transporte Automotor de Cargas, o que fuese empleado con idénticos fines cuando se trate del transporte de cosas, de efectos o mercaderías habiéndolas el propio empleador producido, manipulado, fabricado, comprado o vendido para sí o para terceros. El sindicato que se constituye, agrupará igualmente al personal mecánico y administrativo de las Empresas de Automotores de Cargas y a quienes realicen el Servicio de Barrido de calles y/o vía pública, excluyendo al personal jerárquico de las mismas.

OBJETO Y FINALIDAD Artículo 4: La Institución tiene por objeto y fines:

  1. Peticionar y realizar todos aquellos actos que fuesen necesarios en la defensa de los intereses profesionales, tanto en la zona de actuación asignada por estos estatutos como en la que corresponda a LA FEDERACION.

  2. Defender y representar los intereses de sus asociados y propender a la mejora de las condiciones socio-económicas de los mismos y de todos los trabajadores de la actividad, procurando el desarrollo personal de éstos, de su grupo familiar y de la categoría profesional en los aspectos materiales, espirituales y culturales de los mismos.

  3. Ejercer la representación de los trabajadores de la actividad ante los poderes públicos y a través de LA FEDERACION ante los organismos sindicales nacionales que persiguen idénticas finalidades, practicando con ellos la solidaridad de clases y Defensa de los Intereses Nacionales, y, a través de los Organismos de Grado Superior y aquellos continentales y especialmente latinoamericanos que sean comunes a los obreros del transporte.

  4. Contribuir al cumplimiento de la legislación social participando de los estudios y peticiones ante los poderes públicos para la adopción de aquellas medidas que mejoren las condiciones de vida y labor de los trabajadores del transporte, exigiendo la observancia y fiel cumplimiento de los beneficios obtenidos y proponiendo su mejora permanente. Participará así de los Organismos de verificación y control de la legislación laboral y previsional, mediante los pactos de coparticipación que al efecto suscriba LA FEDERACION, o les sean autorizadas suscribir por ésta.

  5. Participará en el mantenimiento y administración de los servicios sociales, en cuanto dependan de LA FEDERACION, propiciando la instalación de comedores, hoteles, paradores y otras dependencias, tanto para el Turismo y Recreación, como para el mejor desempeño de las tareas de los trabajadores del transporte en ruta o larga distancia.

  6. Auspiciar conjuntamente con LA FEDERACION la creación y sostenimiento de escuelas sindicales y técnicas que tiendan a llevar conocimientos a los trabajadores del transporte en uno y otro...

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