Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 22 de Mayo de 2019, expediente CNT 082330/2017/CA001

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa N°: 82330/2017 - SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA

INDUSTRIA DE PASTAS ALIMENTICIAS c/ BACHIOCCHI, GERARDO

LUIS s/EJECUCION FISCAL

Buenos Aires, 22 de mayo de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la representación letrada de la parte actora por derecho propio a fs. 28 por estimar reducidos los honorarios que le fueron regulados a fs.26/vta.

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la calidad, mérito y extensión de las labores realizadas, y lo normado por los arts. 16, 34, 58 y ss. de la ley 27.423 y por el art.

38 de la L.O., a criterio de esta alzada, los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora a fs. 26/vta. lucen reducidos, razón por la cual corresponde elevarlos a la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS

($1.500-.) a valores del presente pronunciamiento.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora a la suma de PESOS UN

MIL QUINIENTOS ($1.500-.) a valores del presente pronunciamiento; 2) H. saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685 y Ac. C.S.J.N

N.. 38/13. 11/14 y N.. 3/15 a los fines de notificaciones, traslados y presentaciones que se efectúen.

R., notifíquese, y oportunamente devuélvase.

A.E.B.M.S.F. JUEZ DE CAMARA JUEZ DE

CAMARA

Ante mí:

Fecha de firma: 22/05/2019

Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Firmado...

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