Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 23 de Junio de 2022, expediente CNT 035691/2021/CA001

Fecha de Resolución23 de Junio de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V

Expte. Nº CNT 35691/2021/CA1

SENTENCIA INTERLOCUTORIA 50840

AUTOS: “SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL

DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE NEUQUEN RIO NEGRO Y LA

PAMPA c/ SCHLUMBERGER ARGENTINA S.A. s/ EXHORTO” (JUZGADO

Nº 66).

Buenos Aires, 23 de junio de 2022.

VISTOS:

Los recursos de apelación interpuestos en formato digital por la parte actora y por el Dr. L.A.L., por derecho propio, ambos contra la resolución dictada el 29/03/2022 (recursos concedidos el 30/03/2022).

Y CONSIDERANDO:

1) En la resolución cuestionada se fijaron honorarios al Dr. L.A.L. y a la perita contadora.

D., la actora apela por considerar elevados los emolumentos de la experta contable y el letrado recurrente cuestiona los propios por considerarlos reducidos.

2) Teniendo en cuenta el valor pecuniario involucrado en el litigio, la naturaleza, alcance, tiempo y calidad de la tareas realizadas por el Dr. L.A.L., y pautas arancelarias establecidas por la normativa vigente (arts.

16, 50 y 51, Ley 27.423); estimase que los emolumentos del letrado lucen reducidos, y por ello corresponde su elevación a la suma de $50.000 –equivalente a 6,72 UMAS-, valor vigente a la fecha de la regulación.

3) En cuanto a los honorarios fijados a la experta contable y en base a las pautas y criterios antes expuestos y los trabajos realizados por el auxiliar de justicia (actuaciones virtuales del 09/09/2021 la aceptación de cargo y el 10/03/2022 la presentación pericial), los emolumentos cuestionados a la perita contadora no resultan elevados y, por ende, se propicia su confirmación.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

  1. Elevar los honorarios del Dr.

    L.A.L. a la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) –

    equivalente a 6,72 UMAS-. II) Confirmar los honorarios de la perita contadora.

    Regístrese, notifíquese, cúmplase con el art. 1 de la ley 26.856 Acordadas Fecha de...

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