Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 12 de Julio de 2019, expediente CNT 103083/2016/CA001

Fecha de Resolución12 de Julio de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 47578 SALA VI Expediente Nro.: CNT 103083/2016 (Juzg. Nº 2)

AUTOS: “SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL C/

LYNCH SANTIAGO ALEJANDRO S/ EJECUCION FISCAL”

Buenos Aires, 12 de julio de 2019.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Que la resolución de primera instancia de fs. 44 en que el Sr. Juez “a quo” desestimó las excepciones deducidas –falta de legitimación pasiva y nulidad de ejecución- viene apelada a tenor del memorial de fs. 75.

Que atento la índole de la cuestión planteada se remitieron estos actuados al Sr. Fiscal General ante la Cámara Nacional del Trabajo quien se pronunció mediante dictamen nro.

91797 del 21/06/19.-

Que, corresponde señalar que en el procedimiento de la ejecución fiscal, frente a lo normado por el artículo 145 de la Ley 18.345 y su remisión a los artículos 604 y 605 del CPCCN, es innegable el desplazamiento del diseño de la LO.

Que, en consecuencia, dado que el artículo 242 del CPCCN es categórico al disponer que serán inapelables las sentencias definitivas y las demás resoluciones - cualesquiera fuere su Fecha de firma: 12/07/2019 Alta en sistema: 17/07/2019 Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA #29222117#234412630#20190717094841762 naturaleza - que se dicten en los procesos en los que el valor cuestionado no exceda de la suma contemplada por dicha norma, la cual asciende a $50.000 (acordada de la CSJN nro. 16/14 del 15/5/2014); y, en autos, el monto cuestionado asciende a la suma de $7.388,86 (certificado de deuda nro. 122, sobre de fs.

10), por lo que...

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