Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 9 de Noviembre de 2018, expediente FLP 041616/2014/CA003 - CA002

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Plata, 8 de noviembre de 2018 AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP 41616/2014/CA3-CA2 caratulado “SIMONETTI, M. c/ Banco Itau y otros s/ amparo ley 16.986-previsional”, procedente del Juzgado Federal N° 2 de esta ciudad, Secretaría de la Seguridad Social; Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Examinada la causa en lo que aquí interesa, surge que la actora persiguió la declaración de inconstitucionalidad de las normas que la privaban de percibir su jubilación extranjera en su moneda de origen (euros).

    La sentencia de primera instancia declaró

    procedente la acción e impuso las costas a las demandadas –Poder Ejecutivo Nacional, Banco Central de la República Argentina y Banco Itaú Argentina S.A.- en su carácter de vencidas (fs. 96/101 y vta.).

    Esa decisión fue confirmada por este Tribunal (fs. 125/143), pronunciamiento que quedó firme luego de la declaración de inadmisibilidad del recurso extraordinario federal resuelta por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fs. 198).

    Devuelto el expediente a primera instancia, el a quo reguló los honorarios de la doctora M.C.O. –letrada patrocinante de la parte actora- en la suma de $ 2.500 (fs. 205 y vta.), monto que después fue elevado por esta Sala a $ 5.200 (fs. 220 y vta.).

    Posteriormente y por su actuación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se le regularon a la letrada $

    25.000 en concepto de estipendios profesionales (fs.

    226).

    El Banco Central de la República Argentina informó y acreditó en el expediente que había efectuado Fecha de firma: 09/11/2018el requerimiento de previsión presupuestaria de la suma Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: M.S.L., SECRETARIO #24283096#221161545#20181109085206245 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA de $ 13.750 para el ejercicio financiero 2018 y de $

    1.906,66 para el ejercicio del año 2017, todas para el pago de los honorarios de la doctora Oricchio (fs.

    236/237 y 238/239).

    Luego de ello, la nombrada manifestó su intención de perseguir el cobro de sus honorarios de primera instancia contra el Banco Itaú, alegando que la condena en costas que lo alcanzó es una obligación de carácter solidario. Por ello, solicitó que se intime a la entidad financiera al pago de la suma de $ 7.720, comprensiva de honorarios y aportes previsionales (fs.

    241/242). Después amplió ese requerimiento en relación a los emolumentos regulados por la Corte...

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