Por Silvina G. Acuña

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2014

POR

SILVINA G. ACUÑA

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Segunda Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe hace saber: “T° 77 F° 40 N° 1431. Rosario, 11 de Junio de 2014. VISTOS Y CONSIDERANDIO:... RESUELVO: Téngase presente lo manifestado y agréguese las constancias acompañadas. Ordénese la venta en pública subasta del inmueble inscripto al T° 680, Fº 179 N° 271.056 situado en la localidad de Rosario, Dto. Rosario (Pje. Ingeniero Huergo 4849 entre Av. Uriburu y Blas Parera) de la fallida CORAZZA, MARIA FILOMENA embargado en autos, la que realizará el martillero actuante, en las condiciones indicadas, en la Asociación de Martilleros -Entre Ríos N° 238 de Rosario- el día 20 de Octubre de 2014 a las 17:30 horas. Oficiándose a fin de comunicar la fecha designada. En caso de que dicho día designado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar se deberá solicitar nuevo día y hora de celebración de la misma. El inmueble se subastar en el estado de ocupación que consta a fs. 490: Desocupable. Saldrá a la venta con la base de $ 72.537,60 para el caso de no haber postores se procederá a una retasa del 25% y de continuar la falta de interesados, se procederá a una retasa del 10%. Los gastos por impuestos, tasas y contribuciones que adeude el inmueble son a cargo exclusivo del comprador, así como los gastos de escrituración e I.V.A., si correspondiere. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regulación de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otros que corresponda, los siguientes, impuestos provinciales sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc, f. Código Fiscal). Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate. Recaerá en el escribano público que se designe la obligación de actuar como agente de retención, asumiéndolo expresamente en el momento de aceptar el cargo. Hágase saber a los interesados mediante la publicación de edictos correspondientes y en el acto de la subasta: que en el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos de identificación del comitente. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de...

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