Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 17 de Junio de 2011, expediente 14.320/11

Fecha de Resolución17 de Junio de 2011

Poder Judicial de la Nación Causa Nro. 14.320/11

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 61.439 CAUSA NRO. 14.320/11

AUTOS: “SILVA PABLO ADRIAN C/ ESTABLECIMIENTO GRAFICO IMPRESORES

S.A. S/ DESPIDO S/ RECURSO DE HECHO”.

JUZGADO NRO. 57 SALA I

Buenos Aires, 17 de Junio de 2.011.

VISTOS:

El recurso de queja deducido por la representación letrada de la parte actora,

contra la denegatoria de apelación dispuesta en grado.

Y CONSIDERANDO:

Que, el art. 109 de la L.O. no permite la apertura de la Instancia, para las decisiones que se adopten durante el periodo de ejecución, salvo aquellas que se encuentren expresamente excluídas.

Que dicho principio solo puede ser atenuado cuando pueda verse afectado el principio de inviolabilidad de defensa en juicio o si a través del acto cuestionado se llega a desnaturalizar los efectos del pronunciamiento o comportan un apartamiento de lo resuelto por él, o bien cuando por sus particulares características pudiera encontrarse comprometida la eficacia de la administración de justicia, lo cual requiere una fórmula rápida y adecuada que permita conjurarlo por sobre el excesivo rigorismo formal;

Que, teniendo en cuenta el objeto específico de la queja en tratamiento,

corresponde declarar formalmente admisible el recurso interpuesto;

Por ello el TRIBUNAL

RESUELVE:

Admitir el recurso de queja interpuesto.

L. oficio al Juzgado de origen solicitando la remisión de los principales. Correr traslado de la expresión de agravios de fs. 16/24 a la parte demandada por tres días.

R., notifíquese y cúmplase.

Julio V.G.A.V.J. de Cámara Jueza de Cámara mig. Ante mi:

En de de , se dispone el libramiento de cédulas.

CONSTE.

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