Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 24 de Mayo de 2017, expediente CSS 067443/2009/CA001
Fecha de Resolución | 24 de Mayo de 2017 |
Emisor | Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NRO: 67443/2009 AUTOS: “SILVA MIGUEL GERONIMO c/ QBE ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
Y OTRO s/LEY 24557”
Buenos Aires, EL DOCTOR M.L. DIJO:
En las presentes actuaciones, la parte actora apela el dictamen elaborado por la Comisión Médica Central, obrante a fs.41/45, donde se determina que el actor no presenta incapacidad laboral, y que la naturaleza de la contingencia se corresponde con una Enfermedad Inculpable. El mencionado escrito reúne los requisitos de admisibilidad formal y suficiente fundamentación, razón por la cual se torna viable la apertura de la presente instancia judicial.
A fin de esclarecer la situación planteada, el Tribunal remitió el expediente al Juzgado Federal del domicilio de la demandante (- Pcia. de Tucumán), a fin de que por medio del organismo médico que él designe, elaborase un fundado dictamen. El mismo encuéntrase agregado a fs.75/77, y, en vista de su seria fundamentación, entiendo que ha de ser tenido por válido.
Allí se establece que la actora no presenta incapacidad laboral, por la contingencia denunciada en autos.
Costas por su orden, atento la naturaleza de la cuestión debatida y las incidencias del presente proceso (art. 68, segundo párrafo, del CPCCN).
Por ello, en caso de prosperar mi voto, correspondería confirmar lo USO OFICIAL actuado por la Comisión Médica Central, devolviendo las actuaciones a la misma a sus efectos.
Costas por su orden (art.68, segundo párrafo, del CPCCN). V2 EL DR. J.C.P.L. DIJO:
Adhiero a las conclusiones a que arriba el colega preopinante; en consecuencia, corresponde rechazar el recurso deducido, confirmar la resolución apelada y devolver a la Comisión Médica Central a sus efectos. Costas por su orden (art. 68, segundo párrafo, del C.P.C.C.N.).
EL DR. N.A.F. DIJO:
Que adhiere a las...
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