Sidipel S.A. S/inf. Ley 22.415 - Causa Nº 6065citación a Domenico Ierace

Fecha de disposición25 Febrero 2008
Fecha de publicación25 Febrero 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31352

Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, a cargo del Dr. Rafael CAPUTO, Juez Subrogante, Secretaría Nº 5, notificar a Sebastián Martín FRÍAS y a Luis Agustín FORMENTE que el día 22/10/2007 se resolvió declarar la incompetencia de este juzgado para seguir entendiendo en la presente causa relacionada con el libramiento de los cheques de pago diferido Nos. 39984133, 39859563, 39859562 y 39859561 (pertenecientes a la cuenta corriente Nº 1026/1 186/2 del Banco Galicia, cuyo titular es Sebastián Martín FRÍAS) y del cheque de pago diferido Nº 39260725 (perteneciente a la cuenta corriente Nº 220-000633/2 del Banco CREDICOOP, cuyo titular es la sociedad SEFRI S.R.L.), extraer testimonios y remitir las actuaciones y los testimonios a los juzgados penales en turno con competencia territorial en las localidades de Villa Tesei y de Tapiales. Provincia de Buenos Aires.

Asimismo, se dispuso sobreseer totalmente en la presente causa Nº 91/2007 y respecto de Sebastián Martín FRÍAS y de Luis Agustín FORMENTE con relación al libramiento del cheque de pago diferido Nº 56613746 del Banco de la Provincia de Buenos Aires (art. 336, inc. 3º del C.P.P.N.), con la expresa declaración de que la formación del sumario no afecta el buen nombre y honor de que gozaren los nombrados. Por otra parte, se hará saber a los nombrados que, con fecha 15 de noviembre de 2007 se concedió el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante. Aquel recurso fue concedido con efecto suspensivo respecto de la incompetencia de este juzgado para seguir entendiendo respecto de los cheques mencionados en primer término y sin efecto suspensivo respecto del sobreseimiento de FRÍAS y de FORMENTE. Buenos Aires, a los 8 días del mes de febrero del año dos mil ocho. Como mejor recaudo se transcribe, a continuación, el auto que ordena la medida:

Fdo.: Rafael CAPUTO.

Juez Subrogante. Ante mi: Sandra Viviana GOÑI.

Secretaria.' Buenos Aires, 8 de febrero de 2008.

Fdo.: Rafael CAPUTO. Juez Subrogante. Ante mi: Sandra Viviana GOÑI. Secretaria.' Buenos Aires, 8 de febrero de 2008.

e. 19/02/2008 Nº 571.277 v. 25/02/2008 El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, a cargo del Dr. Rafael CAPUTO, Secretaría Nº 5, a cargo de la Dra. Sandra Viviana GOÑI, notifica al Sr. José PARRILLA (D.N.I. 17.338.721) que, con fecha 29/11/07, se resolvió decretar el sobreseimiento total por extinción de la acción penal por prescripción en la causa Nº 487/07 y a su respecto, con relación a la presunta infracción a la ley 24.241 que le fue imputada (arts. 334, 335 y 336, inc. 1º del C.P.P.N.).

Buenos Aires, a los 8 días del mes de febrero del año dos mil ocho.

Sandra Viviana Goñi, secretaria.

por encontrare reunidos los extremos exigidos por el art. 294 del C. P. P. N.

respecto de Carlos Alberto LOPEZ (D.N.I.

Nº 21.428.184), cíteselo a que comparezca al Juzgado, el día 15 de abril de 2008 a las 09:30 hs., a prestar declaración indagatoria, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia...

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