Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 19 de Octubre de 2017, expediente CSS 079870/2016/CA001

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1MCB Expte nº: 79870/2016 Autos: “SHOU, YI CHIN c/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Y OTRO s/LEY 24557”

J.F.S.S. Nº

Sentencia Interlocutoria del Expte. Nº 79870/2016 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS

  1. Llegan las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demamdada contra el dictamen de la Comisión Médica Central (fs.80/89) que considera que la Sra. Y.C.S., presentó politraumatismo graves que le provocaron el deceso, como consecuencia del accidente in itinere denunciado de autos.

    La parte demandada, se agravia de lo resuelto por la Comisión Médica Central, toda vez que el mismo ratifica el dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional, indicando que la trabajadora padeció un accidente in itinere.

  2. Como vemos, la cuestión sustancial a resolver en esta causa es determinar si el hecho padecido por la actora el día 25/07/2013 se corresponde con un accidente de trabajo “in itínere”.

  3. De las constancias de autos se desprende que el expediente de referencia se originó a instancias del Sr. N.L.S., en su carácter de hijo de la Sra. S., fallecida a consecuencia del accidente denunciado como ocurrido el 25/07/2013, cuyo rechazo decidiera la ART.

    La causante, se desempeñaba como vendedora para la empresa AUTO DEL SOL S.A., cumpliendo sus funciones en la base laboral ubicada en Mitre y San Martin de Munro, de lunes a viernes en el horario de 09.00 a 19.30 hs.

    En la audiencia celebrada el 24/04/2015, el Sr. S. relató que su madre se encontraba de regreso desde su trabajo a su hogar cuando sufre un arrollamiento que provoca su deceso.

    Obra agregado en el expediente a fs. 5, certificado de nacimiento del Sr.

    N.L.S., con lo que ha quedado acreditado su calidad de derechohabiente de la damnificada. Asimismo, a fs. 20 se acompaña certificado de defunción del cual surge que la Sra. S. falleció el día 25/07/2013 a las 20.00 hs, por paro cardíaco respiratorio traumático.

    Surge también fs. 6/57, una investigación efectuada por un estudio especializado a solicitud de la Aseguradora. En dicha investigación se verificó que el siniestro ocurrió el 25 de julio a las 19.30 hs. aproximadamente, en la estación Ejercito de los Andes del ferrocarril U., cuando fue embestida por un tren al dirigirse a tomar un transporte público, lugar hasta donde llego en el vehículo de su compañera de trabajo.

    Fecha de firma: 19/10/2017 Alta en sistema: 24/10/2017...

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