Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 31 de Marzo de 2022, expediente FMZ 006595/2022/CA001

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B

FMZ 6595/2022/CA1

Mendoza, 31 de marzo de 2022.

VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 6595/2022/CA1 caratulados: “S.L.,

ANGEL NICOLAS s/ HABEAS CORPUS”, venidos a esta Sala B en virtud del

recurso de apelación impetrado por el detenido Á.N.S.L.

mediante DEO 5241151 (Art. 438 del C.P.P.N.), en contra del auto que luce a fs. 9,

de fecha 22/03/2022.

Y CONSIDERANDO:

1) Que se inician los presentes con el escrito interpuesto por Ángel Nicolás

SGRÓ LÓPEZ, detenido en el Complejo Penitenciario Federal Nº VI, a disposición

del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de Mendoza, en autos FMZ 45788/2019. (v. fs.

02).

En lo sustancial, el presentante expresó que el motivo del habeas corpus

radicaba en que ha solicitado audiencia al jefe del área de trabajo, en reiteradas

ocasiones, sin recibir respuesta alguna.

Refirió que lleva dos años y ocho meses con cómputo de pena y sentencia

firme. Añadió que cuenta con conducta “ejemplar 10” y concepto “bueno 5”.

Finalmente manifestó que presentó el habeas corpus a los fines de “mediar”

con el área laboral del Complejo Penitenciario Federal Nº VI, pero no añadió nada

más.

Con motivo de su presentación, a fs. 03 obra el informe elaborado por la

Dirección de Trabajo del Complejo Penitenciario Federal N° VI.

Habiendo tomado conocimiento el Tribunal Federal Nº 1 de Mendoza de la

interposición de la presente acción, se dio inicio a los presentes autos, se ordenó dar

la intervención que por ley corresponde al Ministerio Público Fiscal y recibir a SGRÓ

LÓPEZ en audiencia (fs. 04).

En dicho acto se le cedió la palabra al compareciente a fin de que integrara el

habeas corpus impetrado y se le comunicó al presentante el contenido del informe

elaborado por el complejo penitenciario y seguidamente, S.L. expresó que

presentó el habeas corpus por dos motivos.

Fecha de firma: 31/03/2022

Alta en sistema: 01/04/2022

Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.F., SECRETARIO FEDERAL

Por un lado, manifestó que lleva dos años y ocho meses condenado, sin poder

acceder a educación.

Refirió también que su cómputo se encuentra firme hace 7 meses.

Por el otro lado, indicó que desde el complejo no dejarían ingresar su pareja,

C.R.A., a la visita; adujo que los problemas se suscitaron a raíz de que

fue cambiado de pabellón recientemente.

Añadió que actualmente se encuentra alojado en el pabellón 2A, cuyas visitas

son llevadas a cabo los lunes y que, contrariamente, su pareja tiene autorización para

concurrir a la visita los días viernes.

Por lo anteriormente expuesto, se ofició al Complejo Penitenciario Federal Nº

VI a fin de que informara, a través del área visitas, el motivo por el cual SGRÓ

LÓPEZ no recibiría la visita de su pareja y con el objeto de que indicara la ocasión en

la que se podría concretar tal visita.

Asimismo, se mantuvo comunicación telefónica con personal del Tribunal

Oral en lo Criminal N° 2 de Mendoza para recabar información sobre la situación

procesal de SGRÓ LÓPEZ.

A fs.13 se recibió en declaración testimonial al Oficial firmante del informe

remitido mediante deox Nº 5132158, C.A.S..

Finalmente, obra en autos el informe remitido por el Complejo Penitenciario

Federal Nº VI, mediante deox Nº 5204613.

2) Con fecha 22/3/2022 el Sr. Juez a quo resolvió: “RECHAZAR EL

RECURSO DE HABEAS CORPUS formulado por Á.N.S.L.,

alojado en...

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