SERIO, LAURA ANALIA c/ ONORATO, MARIA ROSA Y OTRO s/DESPIDO

Fecha31 Mayo 2023
Número de registro376
Número de expedienteCNT 031419/2021/CA001

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II

SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE NRO.: 31.419/2021

AUTOS: “SERIO, L.A. C/ ONORATO, MARIA ROSA Y OTRO S/

DESPIDO”

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, luego de deliberar, a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, los integrantes de la Sala II, practicado el sorteo pertinente, en la fecha de firma indicada al pie de la presente proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

La Dra. A.E.G.V. dijo:

  1. Contra la sentencia de la instancia anterior se alzan los demandados M.R.O. y N.A.M. a tenor del memorial incorporado a la causa en forma digital, que recibiera réplica de su contraria. También apela el perito contador sus honorarios, por reputarlos reducidos.

  2. Cuestionan los accionados que, tras una incorrecta -a su criterio-

    interpretación de la prueba testimonial rendida en la causa, el sentenciante de grado hubiera reputado acreditada la vinculación laboral denunciada en el inicio. Refiere asimismo que no se analizó en grado la cuestión relativa a los períodos prescriptos planteada en el inicio.

    Sostuvo la actora al demandar haber trabajado para los demandados en la Clínica Veterinaria que estos explotaban en la calle F.R. 2961, como asistente veterinaria, desde marzo de 2003 hasta marzo de 2008 y desde el 2/1/2012 hasta su despido indirecto decidido el 15/12/2020. Refirió que sus tareas consistían en desparasitar mascotas, instrumentar cirugías, efectuar tratamientos de fluidoterapia,

    además de encargarse de la atención telefónica, recepción de clientes, cobranzas, pago a proveedores y al personal veterinario, entre otras, todas tareas que cumplía, en el primer período trabajado, en el horario de 16,00 a 20,00 de lunes a viernes y de 9,00 a 13,00 los sábados y, en el último período, de 9,00 a 13,00 hs. y de 16,00 a 20,00 hs. los días sábados.

    Manifestó que los accionados nunca registraron el vínculo, pese a la intimación finalmente cursada el 2/12/2020, por lo que finalmente se consideró despedida mediante misiva del 15/12/2020.

    Al contestar la acción, los codemandados M.R.O. y N.A.M. negaron las manifestaciones vertidas por la accionante. Dijeron Fecha de firma: 31/05/2023 haber conocido a la accionante como una cliente de la veterinaria y refirieron que la Firmado por: A.E.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.S.R., SECRETARIO DE CAMARA

    relación se fue afianzando al concurrir ésta con animales que recogía de la calle para su posterior adopción y llevaba a la veterinaria para que sean asistidos en forma gratuita.

    Negaron que existiera algún tipo de dependencia jurídica, técnica y económica y sostuvieron que en modo alguno tuvieron intención de obtener algún rédico económico del vínculo habido con la ahora accionante.

    A fin de acreditar sus posturas iniciales, la parte actora ofreció los testimonios de F.F., V.L.M. y V.R.C.,

    mientras que los demandados hicieron lo propio con S.M.R., H.E.M. y L.A.D..

    La testigo F. -que dijo ser clienta de la veterinaria de la calle F.O. y La Fuente- refirió conocer a la actora desde el año 2018 porque trabajaba allí. Manifestó que tomaba turnos, ayudaba a sacar sangre, vendía algunos productos como pastillas o collares para mascotas y recibía órdenes de S. o M.L., todo lo que supo porque la veía. Refirió que cuando iba por la mañana veía a S. (podía ir un lunes o martes, y que una vez fue un sábado y también la vio) y dijo que concurría a la veterinaria cada 3 meses, según las vacunas que iba necesitando su perrita, y para realizarle análisis cuando viajaban (aclaró que viajaban mucho a Uruguay).

    Por su parte M., que dijo ser veterinaria y haber trabajado en el negocio de M.R.O., refirió conocer a la accionante de cuando trabajaba allí

    como secretaria. Dijo saberlo porque S. era la que recibía a la gente, les cobraba,

    llenaba las fichas y hacía pasar al consultorio; también se ocupaba del pago a proveedores y, cuando estaba, le pagaba el sueldo a la dicente. Manifestó no saber desde cuándo trabajaba la actora pero señaló que mientras ella trabajó (de marzo de 2015 a diciembre de 2017) Serio también lo hizo. Manifestó la dicente que ella trabajaba dos días por semana (martes y viernes) y la actora de lunes a viernes menos los martes, por lo que sólo compartían el trabajo los días viernes (luego manifestó haber cambiado de horario e ir los martes y jueves y también los jueves veía a la actora). Sostuvo que M.R. (la dueña de la veterinaria) le daba las órdenes a la actora y que el horario de la veterinaria era de 9,00 a 13.00 y de 16,00 a 20.00 y que en ese horario la veía a la actora los días viernes.

    A su vez C. también dijo conocer a la actora de la veterinaria de V.S., donde ésta se ocupaba de recibir a la gente, cobrar los servicios, bañar a los animales y, a veces, hacer algún tipo de atención previa a la consulta. La testigo manifestó haber visto a la accionante desde que comenzó a concurrir a la veterinaria, esto es, desde el año 2003, y si bien dijo haberse ido a vivir a M.d.P. hace 10 años (2012

    conforme la fecha de la declaración) refirió que la actora siguió atendiendo a los animales a través de la madre de la dicente, mínimo, hasta el año 2016. Dijo no saber cuáles eran los horarios de la accionante pero manifestó que cuando ella iba para el baño de sus mascotas al menos una vez al mes, a la mañana o a la tarde, la veía. Manifestó que cuando iba al negocio veía a la actora con uno o dos veterinarios, aunque los profesionales iban rotando.

    Fecha de firma: 31/05/2023

    Firmado por: A.E.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.S.R., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA II

    En cuanto a los testigos propuestos por los demandados, R. -

    veterinaria- dijo haber conocido a la accionante en el año 2006 o 2007 cuando concurrió a una entrevista con M.R. para trabajar en la veterinaria de F.R. 2961 y la vio atendiendo unos animalitos rescatados. Dijo que, según le comentaron, la actora tenía intenciones de estudiar veterinaria (era paciente) y le interesaba estar en la veterinaria para ver cómo se trabajaba, “como si fuera a pedir una pasantía porque como ella estaba por empezar a estudia”. Refirió que le gustaban los animales, era rescatista y así empezó la relación con M.R.. Señaló la testigo que al principio no veía a la actora y luego la empezó a ver los lunes (los martes iba la dicente pero la actora no estaba y tampoco estaba los sábados). Manifestó que las veces que vio a la accionante en la veterinaria no vio que nadie le impartiera órdenes, siempre había un animal de la calle y terminaba en la veterinaria porque le gustaba rescatar animales y los llevaba atrás donde M.R. le permitía tenerlos y los revisaba para luego dejarlos en adopción. Dijo que la actora no tenía un horario fijo, dependía de lo que tenía que hacer, que era hacerse cargo de los animales y darles de comer y sostuvo que ello ocurrió en el año 2006 o 2007 y luego la accionante se fue a vivir a Mercedes para regresar después a hacer las mismas tareas de rescatista. Manifestó que actualmente trabajaba en la veterinaria de M.R.O. como monotributista y sostuvo que antes de la pandemia (durante la pandemia se trabajó

    con turnos) el veterinario que estaba en el turno recibía a los clientes: estos tocaban el timbre, abrían la puerta, los hacían ingresar y los atendían.

    A su turno M., dijo haber conocido a la actora porque una vez fue a atender a su perro a la veterinaria de M.R.O. y la vio con una caja con animalitos que estaba ofreciendo para adopción. Dijo conocer a Serio desde el año 2013

    más o menos, pero refirió no saber qué hacía en esa veterinaria. Manifestó que vio a la accionante en la semana pero sostuvo que como trabajaba en la semana, solía ir los sábados y esos días no la veía. También manifestó ver a la actora por el barrio comprando y en el año 2012 o 2013 la veía en el colectivo cuando, según le decía la accionante,

    regresaba de trabajar.

    Por último D. -veterinario- manifestó trabajar en el local de la demandada M.R.O. y conocer a la actora porque era una de las personas que estaba eventualmente en la veterinaria, más que nada en su segunda etapa cuando el dicente volvió a trabajar después del 2014. Refirió que S. se encargaba de conseguir hogar para algún animalito que llegaba a la veterinaria, pero manifestó no haber compartido horario de trabajo con ella. Relató el testigo que en el año 2008, antes de recibirse, llegó a la veterinaria de O. por intermedio de S.R. -a quien conocía de otra veterinaria- y luego regresó en el año 2014 a hacer radiografías pero en horarios donde prácticamente no se cruzaba...

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