Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de 20-10-2007

Fecha20 Octubre 2007
MateriaADMINISTRATIVO-PROCESAL
TOMO XIII - CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - T.S.J..-
REGISTRO Nº: 856
FOLIO Nº: 2441/2443
PROT. ELECT. TSS1 0 11 C. 101
RÃo Gallegos, 2 de Julio de 2.010.-
Y VISTOS:
Los presentes autos caratulados: “TDF S.A. C/MUNICIPALIDAD DE C.O.S.C.A.€�, Expte. Nº T-633/07-TSJ, venidos al Acuerdo para resolver; y
CONSIDERANDO:
I.- Que, a fs. 22/27 la Dra. MarÃa Belén Z., en su carácter de apoderada de la firma TDF S.A, interpone demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de C.O., solicitando la declaración de inconstitucionalidad de la Ordenanza Fiscal Tarifaria de los años 2006 y 2007 en lo que respecta a la tasa de comercio e industria que se establece para la actividad que desarrolla su representada, en virtud de la violación a los principios constitucionales de legalidad tributaria e igualdad fiscal.-
Relata que con fecha 14 de marzo de 2006, su mandante interpuso recurso de reconsideración y denuncia de ilegitimidad en subsidio contra la Ordenanza Fiscal y Tarifaria 2006 y los importes a abonar por la tasa de comercio e industria ante la Municipalidad de C.O., dando asà inicio al expediente administrativo caratulado: “TDF SA C/Municipalidad de C.O. s/Recurso de reconsideración contra la Ordenanza Fiscal 2006�, E.. Nº 4150/06.-
Manifiesta que el 15 de marzo de 2006 se ordenó el pase del expediente a la SubsecretarÃa Legal y Técnica, el 17 de marzo se giraron las actuaciones a la AsesorÃa Letrada, y desde el 26 de abril de 2006 (fecha del dictamen del Asesor Letrado) hasta el 12 de marzo de 2007 donde se solicita se corra vista y se acredita personerÃa, no tuvo tramitación alguna. Ante el silencio de la Administración su mandante se vio obligada a denunciar el hecho y reiterar el recurso oportunamente planteado.-
Continúa diciendo que ante el reiterado silencio administrativo del municipio, el 9 de octubre de 2007 solicita pronto despacho, conforme el art.10 párrafo tercero de la Ley 1260, y que en virtud de haber transcurrido los plazos legales fijados por la norma, se configura el silencio administrativo, encontrándose asà agotada la vÃa pertinente.-
Solicita la repetición de todo lo pagado por la firma que representa, correspondiente a los perÃodos anuales 2006 (bimestre 1-2-3-4-5-6) y 2007 (bimestre 1-2-3-4-5-6), en concepto de tasa de comercio e industria, con más los intereses y gastos irrogados por el pago indebido.-
Ofrece prueba y hace reserva del caso federal.
A fs. 55/56 la letrada de la parte actora amplÃa la demanda, solicitando la declaración de inconstitucionalidad de la Ordenanza Nº 5182/07 mediante la cual se fija el régimen general tarifario para el ejercicio fiscal 2008 de la Municipalidad de C.O., y la repetición de lo abonado correspondiente al primer y segundo bimestre del año 2008.-
Que, a fs. 80 y vta., y de conformidad con lo normado en el art. 58 de la Ley 2.600, se presenta el Sr. Agente Fiscal, asumiendo la representación de la demandada, Municipalidad de C.O. y contestando la demanda
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