Sentencia nº D-47523/2023 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, 19 de Octubre de 2023
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2023 |
S.P. de Jujuy, 19 de octubre de 2023.
AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº D-47523/23 caratulado “Información Sumaria, para acreditar Concubinato Post Mortem: Z.A.C.L., que tramita por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 17, del que:
RESULTA: Que mediante escrito digital Nº 846367 se presenta la Sra. C.L.Z.A.D.3., en ejercicio de sus propios derechos con el patrocinio letrado del DR. C.E.C. por constituido domicilio procesal y por parte, a los fines de promover información sumaria para acreditar que su representada convivió en público y pacifico concubinato con el Sr. J.J. TORRES (DNI 31.600.131), desde aproximadamente el año 2.020, hasta que se produce el deceso del mismo hecho ocurrido el día 05 de agosto del año 2.023, conforme certificado de defunción que rola agregado en autos.
Del relato de los hechos surge que el Sr. J.J.T., era concubino de la Sra. Z.A.C.L. quien falleciera en la ciudad de San Pedro de Jujuy, Departamento San Pedro Provincia de Jujuy, convivía con las misma desde hace mas de tres años en el domicilio sito en calle Portugal N° 512 del Barrio Santa Rosa de la ciudad de San Pedro de Jujuy desde el mes de agosto de 2020 hasta el fallecimiento de éste último donde vivieron hasta los últimos días de vida de su concubino, Que la solicitante cursa un embarazo de gemelos de 10 semanas con fecha probable de parto el día 22 de marzo de 2024 conforme certificado médico y ecografía adjuntos, siendo los nasciturus hijos de J.J. TORRES. Ofrece pruebas y peticiona para que se haga lugar a la solicitud planteada.
Mediante oficio digital se dio intervención a ANSES como tercero interesado.
Se corre vista de lo actuado al Ministerio Público Fiscal, representado por el DR. H.R.E., Defensor Oficial del Ministerio Publico de la Defensa Civil Nº 2, (por Habilitación mediante Instrucción General Nº 50/19), en carácter de Ministerio Público Fiscal Habilitado para su dictamen, el que se expide manifestando “1.- Que, mediante presentación digital Nro. 846367 se promueve INFORMACIÓN SUMARIA PARA ACREDITAR CONCUBINATO POST MORTEM, la promotora de autos expresa que mantuvo una unión convivencial desde hace más de 3 años con el Sr. J.J. TORRES (DNI 31.600.131. Que dicha unión convivencial cesó por muerte de uno de los convivientes art. 512 CCyCN, atento el fallecimiento de. J.J. TORRES hecho ocurrido el día 05 de agosto de 2023 (se adjunta acta de defunción).- 2.-Que si bien ha cesado la unión...
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