Sentencia nº D-28253/2019 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, 16 de Febrero de 2024

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2024


S.P. de Jujuy, 16 de febrero de 2024

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente expediente D-28253/19 caratulado “Sucesorio Ab-Intestato de D.M.G.M.” de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 8, Secretaría nº 15.


RESULTA:

Que, a fs. 387/391 de autos, el Dr. P.G.N., quien intervino en autos como apoderado del entonces menor de edad L.F.R., en virtud de mandato conferido por el Sr. G.G.R., padre y representante legal del único heredero declarado en autos, y siendo que el Dr. N. también actúa como perito inventariador y avaluador, presenta las operaciones de inventario y avalúo.

Que, puestas a observación tales operaciones, mediante providencia de fecha 4/07/2022-fs.482-, las mismas son objeto de impugnación por parte de la Dra.
M.A.S., Defensora de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces, en escrito digital nº 378035 (13/09/2022/).

Manifiesta en primer término que, siendo que se había declarado a un solo heredero, no haría falta un inventario, sino una simple denuncia de bienes.


Manifiesta además que se inventarió la existencia de dólares estadounidenses (USD 41.800) los cuales no existen físicamente, ya que habrían sido retirados por escribanía por el progenitor y otras personas, supuestamente para pagar deudas según surge de la escritura pública 110 protocolo A, y escritura 137 protocolo A de fs.
365/366, por lo cual el ministerio estima que no deben ser incluidas tales sumas en el inventario. Refiere que tal situación generará con posterioridad una acción a favor del heredero a los fines de determinar cuál fue el destino de tales fondos.

Dice a continuación, que el letrado no incluyó las deudas que se pagaron con el dinero del sucesorio, reseñando una deuda de expensas que equivale a $ 900.000, según surge de fs.
263 puntos I y II, respecto de un inmueble de 100 hectáreas que se encuentra en La Lucinda Club de Campo en Salta Capital, honorarios correspondientes al Dr. Gualchi ($ 63.000), y pago al Sr. C.A. de Luca ($ 120.000 conforme convenio que obra agregado a fs. 261 punto I).

Prosigue formulando impugnaciones a las operaciones de valuación.
Señala que, respecto del avalúo de las 115 hectáreas de las cuales el adolescente es titular del 75 %, pide que se proceda aplicando una valuación fiscal según art. 445 del CPC.

F. luego una serie de consideraciones respecto al régimen jurídico que ampara los intereses de los menores de edad.


Que, mediante escrito digital 440153, el perito designado en autos Dr. P.G.N. contesta las impugnaciones efectuadas.


Que, mediante escrito digital 666876, habiendo adquirido la mayoría de edad, se presenta el Sr.
L.F.R. mediante su letrado apoderado Dr. N.S..

Que, mediante escrito digital 844296, el Dr. N.S., en representación de L.F.R., adhiere a las impugnaciones efectuadas por la Sra.
Defensora de N.N.A.e I, solicitando se “deje sin efecto la designación del perito inventariador y se disponga practicar nuevo inventario y avalúo”.

CONSIDERANDO:

Formulada la reseña de antecedentes y cuestiones planteadas en el apartado anterior, corresponde proceder a la resolución de las mismas.


I.- Primera impugnación: Respecto del pedido de sustitución por denuncia de bienes.


Con respecto a esta cuestión, la impugnación ha de ser desestimada por extemporánea.
Si bien el art. 2342 del CCyCN establece que, por voluntad unánime de los copropietarios –coherederos- de la masa, el inventario puede ser sustituido por una denuncia de bienes, cabe apuntar que tal opción no fue solicitada ni por el representante legal del heredero, ni por la Defensoría de N.N.A. e I, sino recién en oportunidad de observarse las operaciones de inventario, razón por la cual, habiéndose practicado ya las mismas, estimo que debe rechazarse el planteo, por contravenir el principio de preclusión procesal (art. 187 CPC). En otro orden de consideraciones, las existencias de deudas referidas por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR