Sentencia Nº C-239603/2023 de Superior Tribunal de Justicia, 20-12-2024
| Fecha | 20 Diciembre 2024 |
| Número de expediente | C-239603/2023 |
| Emisor | Juzgado de Primera Instancia Nº 1-Secretaría 2 |
| Tipo de documento | Sentencias |
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de Diciembre de 2024.-
AUTOS Y VISTOS:
Los del presente Expte. Nº C-239603/23 caratulado: “NULIDAD DE MATRIMONIO: NIEVA, D.M. C/ VALDEZ, G.D.C., del que:
RESULTA:
Que en escrito Nº 1016097 se presenta la Sra. D.M.N., DNI Nº 11.408.603, con el patrocinio letrado del Dr. R.N.C.. Promueve FORMAL DEMANDA NULIDAD ABSOLUTA (ART. 424CCCN) del matrimonio celebrado en fecha 11 de octubre de 1985, entre el Sr. R.R.M. y la Sra. G.D.C.V., DNI Nº 12.037.955, por concurrir la causal de impedimento de ligamen prevista en el Inc. D del Artículo 403 del CCCN, requiriendo la anulación absoluta de dicho enlace matrimonial y sus efectos jurídicos.-
Solicita se dicte sentencia judicial haciendo lugar a la presente demanda, declarando la nulidad del mismo y de todos sus efectos jurídicos, con costas.-
En el relato de los hechos manifiesta: “…, contraje nupcias, con el Sr. M.R.R., el día 26 de Mayo del año 1983, en Lujan de Cuyo, Provincia de Mendoza, conforme lo acredito con Acta de Matrimonio actualizada”. “…, fruto de nuestro matrimonio, el día 04 de octubre del año 1983, nació nuestra hija la Sra. M.J.M., ello conforme surge del acta de nacimiento que por este acto adjunto”. “…, nuestra relación matrimonial se mantuvo siempre en armonía, y con total normalidad, hasta que con posterioridad el Sr. M., intempestivamente y sin aviso alguno, decidió ausentarse del domicilio matrimonial”. “…, no obstante, ello, siempre estuvimos en contacto, y el esporádicamente visitaba a nuestra hija en la Provincia de Mendoza”.-
“…, el día 28/05/2022, me comunicaron que mi esposo había fallecido en la Provincia de Jujuy, …”. “…, en fecha 28/12/2022, mi hija M.L.M., tomo participación por derecho propio en el Juicio Sucesorio de su padre, el cual tramita en Expediente Judicial N° C-206666, radicado en el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial- Secretaria 2; y grande fue su sorpresa cuando al cotejar dichas actuaciones advirtió que la Sra. V., se presentaba en dichos obrados, en calidad de cónyuge supérstite de mi esposo, acreditando su calidad con certificado de matrimonio, expedido por el Registro Civil y de Capacidad de las Personas de la Provincia de Jujuy”.-
“Que, …, el Sr. M. (no obstante encontrarse impedido para contraer un nuevo matrimonio), se casó en fecha 11/10/1985, en la Localidad de Puesto Viejo, Departamento El Carmen de esta Provincia, con la Sra. G.d.C.V., dando nacimiento a un acto jurídico nulo, de nulidad absoluta”. “Que, debo asimismo destacar, que en el caso preciso resulta de aplicación lo dispuesto en la normativa contenida en el Código Civil (hoy derogado), por aplicación de lo dispuesto en el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación, actualmente vigente, sin perjuicio de señalar, que la solución sería idéntica, sea cual fuere la norma que se aplique”.-
Cita derecho, ofrece pruebas y a cuyos demás fundamentos me remito en honor a la brevedad.-
Que admitida la demanda, se ordena correr el traslado de ley el cual se efectiviza el día 26/03/24. Se da intervención al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Jujuy y de la Provincia de Mendoza respectivamente.-
En escrito Nº 119514 se presenta el Dr. F.T., en nombre y representación la SRA. G.D.C.V., a merito de la copia de Poder general para juicios debidamente juramentada, agregada digitalmente. Mediante escrito Nº 1194140 contesta demanda, solicita que, “…, de hacer lugar a la presente pido se tenga a mi mandante como cónyuge de buena fe, …”.-
Que, en proveído de fecha 02/05/24 de la contestación de demanda se corre traslado a la parte actora a los fines del Art. 301, siendo contestado el mismo en escrito Nº 1218920.-
En decreto de fecha 09/09/24 ordena pasar las presentes actuaciones a despacho para dictar sentencia, lo cual se efectiviza mediante informe actuarial de fecha 20/09/24, habiendo quedado firme dicho proveído se ordena pasar los autos a despacho a sus efectos, conforme surge de las constancias obrantes en el Sistema Integral de Gestión Judicial; y
CONSIDERANDO:
Cabe referir previamente, que no obstante la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación a partir del 1º de agosto de 2015, en tanto el presente juicio tiene por objeto el cumplimiento de una obligación de causa anterior a esa fecha y esa nueva normativa no tiene efecto retroactivo para casos como el que nos ocupa (art. 7, primer párrafo); el presente habrá de ser resuelto aplicando las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente hasta el 31 de julio de 2.015.-
Planteada la cuestión como fuera relatada precedentemente, en la presente causa la actora persigue la declaración de nulidad del matrimonio celebrado en fecha 11 de octubre de 1985, entre quien en vida fuera R.R.M. y la demandada, Sra. G.D.C.V., por concurrir la causal de impedimento de ligamen prevista en el Inc. 6) del artículo 166 del Código Civil.-
Ahora bien, respecto a la nulidad, en primer lugar corresponde decir que es una sanción de ineficacia que priva al acto matrimonial de sus efectos propios, en razón de haberse producido algún vicio en los presupuestos que la ley exige para su celebración, extremos que deben ser acreditados por quien peticiona la nulidad y las consecuencias dependerán de la calificación de la conducta de los contrayentes, esto es, según...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.