Sentencia Nº C-192240/2021 de Superior Tribunal de Justicia, 19-12-2022

Fecha19 Diciembre 2022
Número de expedienteC-192240/2021
EmisorTribunal de Familia-Sala I-Vocalía 3
Tipo de documentoSentencias

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DE DICIEMBRE DE 2022

A U T O S Y V I S T O S:

El presente Expte. Nº C-192240/21, caratulado: "MODIFICACION DE CUOTA ALIMENTARIA: C., A. M. C/ U., A.G. del que:

R E S U L T A:

Que mediante escrito digital Nº 182205 se presenta el Dr. M.R.R. en nombre y representación de la Sra. A. M. C., promoviendo demanda en contra del Sr. A. G. U., con el objeto de que se disponga la modificación de la cuota alimentaria convenida en el expediente Nº C-123283/19 caratulado: OFRECIMIENTO DE CUOTA ALIMETARIA: U., A. G. C/ C., A.M..

Al relatar los hechos refiere que en los autos principales las partes acordaron una cuota alimentaria que debía abonar el Sr. Á. G. U. a favor de su hijo menor A. S. U. consistente en la suma de dos mil quinientos pesos, actualizables. Que al día de la fecha su mandante percibe la suma de pesos seis mil $6.000 por su hijo y por voluntad del accionado dicho monto no se actualiza desde el mes de enero de 2021

Manifiesta que el demandado trabaja en relación de dependencia en el Ministerio de Salud de la Provincia, por lo que solicita que la cuota alimentaria originaria se modifique y se fije en un 20% de los haberes que percibe el progenitor del niño.

A en fecha 13 de diciembre del año 2021 se admite la acción de conformidad a las prescripciones del Art. 381 s.s. y ccs. D.C., y se corre traslado por el término de diez días al accionado.

Que notificado el Sr. Á. G. U., se presenta en autos con el patrocinio de la Dra. A.R.L.. Sin perjuicio de ello no contesta demanda dentro del término legal, por lo que la actora solicita se le dé por decaído el derecho que ha dejado de usar y se haga efectivo el apercibimiento con que fue emplazado, el que se decreta en fecha 7 de junio del año 2022.

Que en escrito digital Nº 400281 dictamina de Menores y en fecha 17 de octubre del año 2022 pasan los autos para resolver.

C O N S I D E R A N D O

Que, habiéndose realizado el sucinto relato de los antecedentes, procede analizar el caso traído examen, para dictaminar sobre la procedencia de la acción interpuesta.

Al respecto, cabe señalar que la parte actora reclama la modificación de la cuota alimentaria establecida en la suma de Pesos Dos Mil Quinientos ($2.500) en el expediente C-123283/19. Refiere que el accionado posee trabajo en relación de dependencia, siendo empleado del Ministerio de Salud de la Provincia, por lo cual solicita que el beneficio alimentario se modifique y se fije en el porcentaje del 20 % de los haberes que percibe el Sr. Á. G. U. a favor de su hijo A. S. U.

En este sentido cabe tener en cuenta que, siendo el derecho alimentario de orden público, inherente a la persona,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR