Sentencia Nº C-149608/2019 de Superior Tribunal de Justicia, 24-05-2023

Fecha24 Mayo 2023
Número de expedienteC-149608/2019
EmisorTribunal Contencioso Administrativo-Sala II-Vocalía 3
Tipo de documentoSentencias


San Salvador de Jujuy, 24 de mayo de 2023.
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Autos y Vistos:

Las constancias de este Expediente Nº C-149.608/19, caratulado: “Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: M., R.A.c.P., y



Considerando:

Que habiéndose ya dispuesto la clausura del período probatorio, mediante presentación del 10/05/23 la actora solicitó se aclare si se tiene por complementaria y válida la pericial médica realizada en el Expte.
C- 61.745/16 que se adjuntara en escrito Nº 253490, o si en su caso corresponde resolver el planteo respecto de la producida en autos.

Que ello fue resuelto por decreto del 10/05/23, por el que se hizo saber al presentante que se tendría presente lo manifestado para ser valorado al momento de dictarse sentencia.


Que en contra de esta providencia y la que dispone la clausura del período probatorio, el apoderado legal del actor -abogado C.A.L.B.- dedujo Reclamo ante el Cuerpo para solicitar su revocación.


Que considera que con la clausura del período probatorio se está cercenando a su parte de la posibilidad de producir prueba que considera esencial para el esclarecimiento de los hechos debatidos en autos.


Que señala que el Expte.
Penal Nº P-107.323/15, caratulado: “Protagonista: E.C.G.. Víctimas: D.H.G., R.A.M. y Otros” no se encuentra agregado y que también se difirió la producción de la prueba testimonial.

Que se dispuso que la pericia obrante en el Expte.
Civil de Daños y Perjuicios iniciada por el actor en contra de la Empresa de Transporte EL QUIAQUEÑO S.R.L., se tendrá presente para ser "valorada", cuando -considera- es flagrante la insuficiencia y carencia de rigor científico del...

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