Sentecia definitiva Nº 97 de Secretaría Penal STJ N2, 08-08-2013

Fecha08 Agosto 2013
Número de sentencia97
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
PROVINCIA: RÍO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: PENAL
EXPTE.Nº: 26501/13 STJ
SENTENCIA Nº: 97
PROCESADO: BARRIENTOS VÍCTOR MANUEL (SOBRESEÍDO)
DELITO: LESIONES LEVES EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO
OBJETO: RECURSO DE CASACIÓN
VOCES:
FECHA: 08/08/13
FIRMANTES: BAROTTO BUSTAMANTE (SUBROGANTE) - MANSILLA EN ABSTENCIÓN (NO FIRMA POR COMPENSACIÓN DE FERIA)
///MA, de agosto de 2013.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “BARRIENTOS, Víctor Manuel s/Lesiones leves (en accidente de tránsito) s/ Apelación s/Casación” (Expte.Nº 26501/13 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:

Que la deliberación previa a la resolución (cf. Res.Nº 315/13 Presidencia STJ) ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Sergio M. Barotto dijo:

1.- Mediante Auto Interlocutorio Nº 73, del 21 de marzo de 2013, la Cámara Primera en lo Criminal de San Carlos de Bariloche resolvió -en lo pertinente- rechazar la apelación planteada por la querella y, en consecuencia, confirmar la sentencia de sobreseimiento obrante a fs. 152/153, atento a los considerandos desarrollados.

2.- Contra lo decidido la parte querellante dedujo recurso de casación, que fue declarado admisible por ese organismo.

3.- El casacionista entiende que la decisión de la Cámara es dogmática e incurre en arbitrariedad. Insiste en que faltó recolectar muchos elementos probatorios en la instrucción, por lo que era imposible emitir una sentencia acorde con la realidad de los hechos y la verdad material. Cita jurisprudencia y doctrina legal en abono de su reclamo y afirma que la Cámara en lo Criminal no podía confirmar el sobreseimiento cuando había reconocido la pobreza o inexistencia de la prueba recolectada. Asimismo, recuerda que su parte desde el inicio de las actuaciones sostuvo que
///2.- el vehículo embistente conducido por el imputado iba en contramano por el carril equivocado.

4.- Al dar tratamiento al recurso, luego de reseñar los agravios de la parte querellante y el dictamen del señor Fiscal de Cámara, el vocal ponente de la Cámara en lo Criminal, concuerda con este último y afirma: “pese a la ausencia de elementos de prueba que en su momento debieron ser practicados, a esta altura del proceso y conforme el tiempo transcurrido no vislumbro tampoco la posibilidad de revertir la conclusión a la que arriba el Sr. Juez de Instrucción en su decisión liberatoria y en consecuencia propongo también confirmar la sentencia de sobreseimiento dictada”.

5.- Por lo tanto, la...

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