Sentecia definitiva Nº 97 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 24-09-2019

Fecha24 Septiembre 2019
Número de sentencia97
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 24 de setiembre de 2019.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "MARGIOTTA, HUGO DANIEL S/QUEJA EN: MARGIOTTA, HUGO DANIEL C/PROVINCIA DE RIO NEGRO (LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO) S/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (I)" (EXPTE. N° PS2-652-STJ2018 // 30011/18-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Los señores Jueces doctores Ricardo A. APCARIAN, Sergio M. BAROTTO y Adriana Cecilia ZARATIEGUI dijeron:
A fs. 14/17 la parte actora, interpone recurso extraordinario federal contra la sentencia dictada por este Cuerpo el 3 de diciembre de 2018 (fs. 11/13).
A fs. 18, el 21 de diciembre de 2018, se provee disponiéndose el traslado de rigor, sin que a la fecha se haya emitido la cédula pertinente en el sistema de notificaciones electrónicas.
En consecuencia, habiendo transcurrido los plazos prescriptos por el art. 310, inc. 2° del CPCCN y de conformidad a lo dispuesto en el art. 316 del mismo cuerpo legal, corresponde declarar la caducidad de la instancia en el presente proceso. Con costas (art. 73 CPCCN). -NUESTRO VOTO-.
Los señores Jueces doctores Enrique J. MANSILLA y Liliana Laura PICCININI dijeron:
Atento a la coincidencia de los votos precedentes, NOS ABSTENEMOS de emitir opinión (art. 38 de la L.O.).
Por ello;
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Declarar la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones (arts. 310 y 3...

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