Sentecia definitiva Nº 96 de Secretaría Penal STJ N2, 15-08-2019

Número de sentencia96
Fecha15 Agosto 2019
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 15 de agosto de 2019.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "S., L.D. s/ Abuso sexual s/Casación" (Expte.Nº 29310/17 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 421/426 vta., concluida la deliberación previa de los señores Jueces, y
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante sentencia N° 124, del 28 de agosto de 2018, este Superior Tribunal de Justicia declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto por el doctor Daniel Alejandro Arce en representación de L.D.S., con costas, y confirmó así la Sentencia Nº 26/17 de la Cámara Segunda en lo Criminal de General Roca que había resuelto condenar al nombrado a la pena de trece años de prisión, como autor del delito de abuso sexual simple reiterado en un número indeterminado de veces, abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización reiterado en un número indeterminado de veces y abuso sexual con acceso carnal reiterado en un número indeterminado de veces, todos ellos mediante violencia y contra la voluntad de la víctima, doblemente agravados por el vínculo (ascendiente) y la convivencia preexistente con un menor de 18 años de edad, ello en concurso ideal con promoción de la corrupción de una menor agravada por ser realizada por ascendiente y persona conviviente (arts. 45, 54, 55, 119 párrafos primero, segundo, tercero, cuarto incs. b y f y quinto supuestos b y f y 125 primer y tercer párrafos CP).
Contra tal decisión, la defensa interpone el recurso extraordinario federal obrante a fs.421/426 vta., que el señor Fiscal General contesta a fs. 429/432 vta.
2. Que el letrado defensor enumera las condiciones de procedencia formal de la presentación y alega que la sentencia impugnada ha violado las leyes de forma y las sustantivas, además de valorar en forma arbitraria la prueba. Menciona asimismo la nueva prueba aportada por el imputado.
Invoca la existencia de vicios de actividad, desigualdad ante la ley y arbitrariedad manifiesta, a lo que añade violaciones al derecho a igualdad, al debido proceso, al derecho a una decisión racional y justa, al principio de inocencia y a la defensa en juicio, por todo lo cual entiende que debe declararse la nulidad de lo resuelto.
Afirma saber que la valoración de prueba de fecha posterior a la sentencia de casación no amerita abrir la instancia del recurso extraordinario, mas esgrime razones de justicia. Reproduce entonces la presentación de su pupilo en el sentido de que la víctima habría mentido sobre los sucesos investigados, con referencia además a otras pruebas, por lo que cuestiona la sentencia de condena y solicita la absolución del imputado.
3. Que, al contestar el traslado conferido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR