Sentecia definitiva Nº 93 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 12-07-2017

Número de sentencia93
Fecha12 Julio 2017
EmisorSecretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ nº4
///MA, 12 de julio de 2017.-
VISTO: Las actuaciones caratuladas: “I.T.V. S.A. S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Decretos 930/2015 y 92/2016 Municipalidad de Viedma)” (Expte. Nº 28675/16-STJ-), puestas a despacho para resolver y,
CONSIDERANDO:
El señor Juez doctor Enrique J. MANSILLA dijo:
ANTECEDENTES DE LA CAUSA
Llegan las presentes actuaciones en virtud de la presentación efectuada a fs. 97 por el Fiscal Municipal de la ciudad de Viedma haciendo saber la firma de un acuerdo acompañado en copia a fs. 95/96- entre la Dirección de Vialidad Rionegrina y la firma I.T.V. S.A. mediante la cual se dejó sin efecto el contrato de concesión del servicio público de revisión técnica vehicular en la zona este de la Provincia de Río Negro.
Manifiesta que en cumplimiento de dicho acuerdo la empresa dejó de prestar servicios en esta ciudad y en función de ello expresa que la cuestión ha devenido abstracta peticionado que se dé por culminado el proceso al haber desaparecido el objeto que dio lugar al juicio de autos.
A fs. 99 se corrió traslado de tal petición, no siendo respondido por la parte actora, I.T.V. S.A.
A fs. 101 el Fiscal Municipal peticiona nuevamente se declare abstracta la cuestión propuesta en autos.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
A fs. 103/104 la Sra. Procuradora General, Dra. Silvia Baquero Lazcano dictamina que la cuestión que diera origen al recurso en tratamiento ha devenido abstracta.
ANÁLISIS Y SOLUCIÓN DEL CASO
Pasando a resolver la petición formulada se tiene presente la existencia del acuerdo que luce a fs. 95/96 celebrado entre la Dirección de Vialidad Rionegrina y la firma I.T.V. S.A. mediante la cual se dejó sin efecto el contrato de concesión del servicio público de revisión técnica vehicular en la zona este de la Provincia de Río Negro, aprobado mediante la Resolución N° 521/15; resultando de ello que la empresa dejó de prestar servicios en esta ciudad y habiendo desaparecido los motivos que dieron lugar a la iniciación de la presente acción.
La acción planteada en estos autos se dirigió contra los Decretos 930/2015 y 92/2016 de la Municipalidad de Viedma argumentándose que dichas normas afectaban el contrato de I.T.V. S.A. con la autoridad provincial.
Atento a las circunstancias sobrevinientes en autos referidas al acuerdo alcanzado por las partes y que la empresa dejó de prestar servicios en esta ciudad por haberse dejado sin efecto el contrato de concesión aludido y la petición de declaración de cuestión abstracta, corresponde entonces...

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