Sentencia Nº 92620 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2021

Fecha02 Octubre 2020
Número de sentencia92620
Año2021
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS UNO/DOS MIL VEINTE.- En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los dos días del mes de octubre de dos mil veinte, constituído el Juzgado de Control a cargo de la Dra. M.F.M., a efectos de dictar Sentencia en Legajo Fiscal nº 92620, caratulado: “MPF C/ ... S/ INVESTIGACION PRELIMINAR”, seguida contra el mencionado ....

RESULTANDO: Que en audiencia celebrada el día 25 de septiembre de este año, el Sr. Fiscal interviniente, Dr. M.S., el Defensor Particular, Dr. N.C. y el imputado ...., propusieron acuerdo de juicio abreviado, en el cual, el Ministerio Público acusó al mencionado Z., del delito de abuso sexual simple como delito continuado, arts. 119 primer párrafo y 55 a "contrario sensu" del Código Penal.-

Que en cuanto a la pena, se le informó al imputado, que se le solicitará la de dos años de prisión de cumplimiento en suspenso, de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 355, del Código Procesal Penal y 40 y 41 del Código Penal, asi como el cumplimiento de las reglas de conducta previstas en los incs. 1º y 2º del art. 27 bis del Código Penal, también por el término de dos años.-

Que surge asimismo de la audiencia realizada con fecha 25 de septiembre de 2020, la conformidad prestada a la solicitud fiscal, tanto por el imputado, como por su Defensor, reconociendo el primero la existencia del hecho que se le endilga y la autoría del mismo, expresando su conformidad con la pena que le fue requerida e informada.-

Que en esa misma audiencia, se declaró admisible el juicio abreviado solicitado por la Fiscalía, ordenándose la realización de la audiencia prevista en el 379 del Código Procesal Penal, llevándose a cabo la misma en forma inmediata, prestando en ese acto el imputado su conformidad con lo solicitado por la Fiscalía.-

Que consultada la representante legal de la menor damnificada, manifestó que no está de acuerdo con que la pena sea de ejecución condicional, ya que ella desea que el .... vaya preso. Por otra parte, en la audiencia del día 28 de septiembre de este año, citada que fue la representante legal de la damnificada y explicada nuevamente de los alcances del acuerdo y las consecuencias del mismo, manifestó no estar de acuerdo con el modo de cumplimiento de la pena, ya que entiende que la misma debía ser de efectivo cumplimiento. Por su parte, la Asesora de Niños, Niñas y adolescentes, al tomar vista de las actuaciones y del acuerdo suscripto, manifestó que correspondía escuchar a la representante...

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