Sentencia Nº 92308/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Fecha29 Noviembre 2019
Número de sentencia92308/1
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO 230 /DOS MIL DIECINUEVE: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 29 días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve, se constituye el Sr. Juez de Audiencia C.A.B. a efectos de dictar sentencia en el Legajo N.º 92308/1, caratulado "MEDINA, Santiago Ariel S/ Acuerdo de juicio abreviado", seguido contra S.A.M., D.N.I. Nº: 41.776.834, nacido el día 09/07/1997 en esta ciudad de Santa Rosa, domiciliado en calle Antártida Argentina y M.S. Nº 71 de esta ciudad., profesión albañil, hijo de M.A.M. y;

RESULTANDO:

Que conforme surge del legajo referenciado supra, las partes; Dra. M.C.M. por el Ministerio Público Fiscal, el Dr. P.A. De Biasi por la defensa técnica y el imputado S.A.M. presentaron un acuerdo de juicio abreviado, el que fue declarado admisible en los términos del artículo 378 del Código Procesal Penal.

Asimismo en la audiencia celebrada, se tomó conocimiento de visu del imputado de autos, S.A.M. quien manifestó conocer los términos del acuerdo y prestó su consentimiento, en cuanto al procedimiento de juicio abreviado, el hecho ilícito atribuido y la pena acordada.

CONSIDERANDO:

Que conforme las evidencias convenidas por las partes en el presente, tengo fijado el hecho errostrado al imputado S.A.M. en los términos en que ha sido reseñado en el acuerdo traído a consideración, a saber: "Que el día 5 de noviembre pasado, alrededor de las 4:05 hs., S.A.M. fue hallado en el interior del patio de la vivienda ubicada en R.B.D. nº 1545 de esta ciudad, el que estaba cercado por rejas, con una batería de moto, un bidón con combustible y herramientas en su poder, elementos que previamente habían sido sustraídos, procediéndose en consecuencia a su detención".-

Como evidencias para fijar los hechos contamos con los siguientes elementos que han sido convenidos y aceptados por las partes, señalados en el acuerdo presentado, asumiendo el acusado su responsabilidad en la comisión del mismo (Cfme. Fallo TIP en Legajo nº 661/6): actas de constatación e inspección ocular, tanto del domicilio donde fue hallado M., como de donde se sustrajera la motocicleta; croquis de los lugares de los hechos; tomas fotográficas; parte de novedades cursado por el Sargento A.O.F.; acta de secuestro de elementos en poder de M., entre ellos la batería de la moto sustraída; declaraciones en sede policial de C.D.N.O., de M.V.G.; denuncia radicada por M.M.H., acta de reconocimiento de la motocicleta y de la batería secuestradas; acta de...

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