Sentencia Nº 8828 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Fecha04 Septiembre 2018
Número de sentencia8828
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO N° 999 - AUDIENCIA DE J.UICIO DE LA SEG.UNDA CIRCUNSCRIPCIÓN J.UDICIAL - J.uez Unipersonal: Dr. M.L.P..

G.eneral Pico, 4 de septiembre de 2018.

Legajo N° 8828

Caratulado: “MPF c/ U, G..S. SEXUAL CON ACCESO CARNAL AG.RAVADO -m-”

---Visto y Considerando:

---I) Que los días 24 y 27 de agosto del corriente año, en la Sala de Audiencias de J.uicio de la Segunda Circunscripción J.udicial, con la actuación del suscripto se llevó a cabo audiencia de debate oral en el Legajo N° 8828, caratulado: “MPF c/ U.G.. s/ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AG.RAVADO –m-”, contra M.G..U., DNI Nº 39.6XXXXXX, argentino, soltero, albañil, nacido el 10 se septiembre de 1996, en XXXX, Provincia de La Pampa, primario incompleto, hijo de S.S. y de J..M., y con domicilio XXXX, Provincia de La Pampa.

---Intervino en representación del Ministerio Público F., la Dra. A.L.R., asistió en la defensa al imputado, la Defensora G.eneral M.J..G...

---II) Que el hecho investigado se inició el día 22 de enero de 2013, al denunciar la Asistente Social de la Subsecretaría de Política Social Delegación Zona Norte de esta ciudad, M.J..R., que la menor M. era víctima de abusos sexuales, perpetrados por su hermano G..U.; siendo dictado el auto de apertura y consecuente remisión del legajo a esta Audiencia de J.uicio el 21 de mayo de 2018.

---III) En el alegato de apertura la fiscal refirió que se acusa a M.G..U. que durante el período comprendido entre el año 2012 hasta comienzo del año 2013, en que se realiza la denuncia, en el domicilio ubicado en calle XXX, haber accedido carnalmente a su hermana M., de 15 años de edad, en la habitación donde dormía ella. La acción consistía en introducir su pene en la vagina de la niña, en más de una oportunidad, siendo la última quince días antes del 30 de enero del año 2013, cuando se le realizó el examen ginecológico, hechos que ocurrieron en momentos en los que se quedaban solos en la vivienda que ambos habitaban junto a su padre. La calificación asignada al hecho es ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AG.RAVADO por ser el imputado hermano de la damnificada (Art. 119 tercer y cuarto párrafos inc. b) del C.P.).

---Por su parte la Defensora dijo que durante esta audiencia demostrará que su defendido es inocente del delito por el que lo acusa la fiscalía.

---El imputado refirió que no tocó a su hermana, es inocente, aparte ella era la mal educada que cuando se estaban bañando entraba sin permiso y los quería besar. Siempre tuvo novia, y jamás la tocaría. Cuando ella estaba en la casa se iba a trabajar o estaba con sus amigos en la casa de ellos. Siempre estaba con su novia, hasta tiene dos hijas, una de cinco años y otra de un mes y nueve días. Esto le duele mucho, porque no tiene nada que ver con estas cosas. Tiene un hermano más, que se llama F. y tiene 24 años. M. debe tener 19 años, tiene muchos problemas, es de arrancarse los pelos, pelearse con los vecinos. Siempre era de querer besar o toquetear a los chicos. Su hermano le decía que se dejara de joder, que no hiciera esas cosas pero las seguía haciendo, entonces no iba nadie a su casa.

J.amás le preguntó a su viejo qué problema tenía, eso era entre su padre y ella. En su casa es muy callado, no se mete en problemas. Fue a la escuela hasta octavo año, durante la semana estaba en la escuela y los fines de semana en la casa. Su hermana siempre tuvo niñeras para que la cuidaran, C., C.., a quienes las maltrataba, su comportamiento era malo. En lo sexual, se estaban bañando y se metía sin permiso. Sabía pasar al baño sin toallón, le decían que se tapara, hacía pis con la puerta del baño abierta y le pedían que la cerrara. No la ha visto masturbarse, no dormía en la pieza de ella, y nadie se lo comentó. El declarante dormía con su viejo y ella en la otra. Su hermano dormía en la casa de su abuela, iba a la casa de tarde nomás. De M. no sabe nada desde que pasó esto. No recuerda se lo acusara de algo como esto en otra oportunidad. Estuvo internado en la escuela de YYYde lunes a viernes, cuando volvió a vivir a XXXX a la casa de su papá tenía once años, fue un año más a la escuela y después no fue más, empezó a trabajar cuando tenía 15 o 16 años. En la casa vivía su hermana M. y su viejo, F. ya estaba viviendo en la casa de su abuela. Su papá trabajaba como empleado municipal, entraba a las ocho de la mañana y salía a la una y ahí estaba su viejo con ella o la niñera. Iba a la una con su papá, a comer a la casa de su abuela, mientras M. comía sola en la casa. Siempre se quedaba con la niñera. No sabe qué hacía ella en todo el día, porque el declarante trabajaba de mañana y tarde, de 08:00 a 12:00 y de 02:30 hasta las 08:00. Al lado vivía un pibe grande, ella estaba obsesionada con él, y ellos la retaban.

---IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron declaraciones testimoniales a:

---1°) J..M..

Refirió que su hija M. tiene un retraso mental incurable, se lo detectaron en Córdoba. Es agresiva, se arrancaba los pelos, toda la ropa. Nació bien, no sabe qué pasó que empezó con problemas. En el jardín no la querían porque era agresiva. La hizo atender en esta ciudad con la psiquiatra WAISBLAT. La madre la abandonó a los nueve meses. El declarante se hizo cargo de los chicos. No sabe quién hizo la denuncia. Nunca le preguntó a M. sobre este hecho, ni ella nunca dijo nada. Muchas veces se llevaba a su hija al trabajo, cuando las cuidadoras no podían cuidarla. A su hija la cuidaban Y., C.. y M. Su hijo G.. estaba internado en la escuela de YYY, venía cada quince días los fines de semana. No se acuerda hasta qué edad fue a la escuela. Empezó a trabajar de albañil, cuando tenía quince o dieciséis años. Iban a comer a la casa de su madre, G.., F. y el declarante. A M. le daban la comida en el comedor y se acostaba a dormir la siesta, pero cuando volvían, ya estaba en la calle. La cuidadora estaba de ocho a doce y desde las cuatro hasta las ocho de la noche. Desde las doce hasta las cuatro de la tarde estaba con ellos, el declarante se acostaba a dormir, y cuando se despertaba M. no estaba más, se iba a molestar a los vecinos, no la encontraba, puede haber estado con alguien. G.. no dormía siesta, se iba a trabajar, entraba tipo dos o tres de la tarde. Su hija entraba al baño cuando los chicos se estaban bañando, y le decía que eso no lo podía hacer, o por ahí salía desnuda de adentro del baño, siendo que le dejaba la ropita. No sabe si tuvo relaciones sexuales, a la siesta se le escapaba, puede haber estado con alguien, ella decía que quería tener novio. Nunca supo que tuviera novio.

Piensa que su hijo G.. no tiene nada que ver, él trabajaba, tenía novia, tiene dos hijas. M. nunca le contó nada al declarante. Antes de esta denuncia, no recuerda que hubiera otra causa contra G..M. tendría doce o trece años cuando estuvo internada en un Psiquiátrico en Buenos Aires, como la vio tan dopada, se la trajo a vivir XXX y luego la internaron en el Instituto P.T.G... Cuando M. se hizo más grande, F. se fue a vivir con la abuela. M. dormía sola en la habitación, y G.. con el declarante. M. tiene 20 o 21 años, G.. 22 años y F. 24 años.

---2°) M.J..R. -Asistente Social-. Ratifica la denuncia y reconoce la firma en el acta.

Refirió que trabajaba en el Ministerio de Bienestar Social, Delegación Zona Norte. En setiembre del año 2012 le llegó el caso. Intervino porque la nena tenía retraso mental y estaba sin medicación. Se entrevistó con M. en más de una oportunidad. No recuerda el diagnóstico. Era atendida por una psiquiatra quien indicaba la medicación, y se hicieron trámites para que se la entregaran en el hospital de XXX. M. era más bien retraída, se auto agredía, arrancaba los pelos. No sabe si había algún desencadenante. La denuncia que se hizo fue por abuso. Empezaron a intervenir en setiembre, tenía de acompañante a C.. Al tener episodios violentos agredía a sus acompañantes y éstas renunciaban. J.. la llamó en enero, no recuerda la fecha, para comentarle lo que M. le había comentado a ella. Fue con una operadora a entrevistar a M. , en ese momento le comentó lo que le hacía su hermano, al escuchar esto fue a hablar con la asistente social de la Municipalidad de XXX que también estaba interviniendo, e hicieron la denuncia. No recuerda los horarios que tenía C.. para cuidar a M. , la llevaba a hacer actividades. M. contaba que su hermano, cuando el papá se iba en el horario del almuerzo y cena, se iba a almorzar con la madre, cuando quedaba sola el hermano hacía esto con ella. Que le pegaba, rompía la ropa y manoseaba, la tocaba. Ella manifestó con palabras y señas. Dijo “que le metía el pito en la puchita” y manifestaba con señas que no recuerda en este momento. Se refería a “la puchita” a la vagina, porque se la señalaba. Decía que G.. le hacía esto cuando el papá no estaba. No manifestó otra persona. C. manifestó que en algunas oportunidades la vio golpeada y con la ropa rota, pero como tenía episodios violentos, el papá manifestaba que ella se rompía la ropa. C. y otra chica acompañante, K., manifestaron que en el horario del almuerzo se quedaba sola con su hermano, porque el papá se iba a comer a lo de la madre. No recuerda si G.. trabajaba. Ratifica los dichos de la denuncia, ante la lectura realizada por la fiscal, así es como se lo contó M. a la declarante. Lo contaba de manera normal. Refirió que no le gustaba lo que le hacía, que le dolía. Después de la denuncia, pasó una semana aproximadamente, la autorizaron a retirar del domicilio a M., le hicieron los exámenes médicos en esta ciudad y cuando la volvieron a llevar al pueblo quedó a cargo de C... En ese momento no había otra persona involucrada en el abuso.

A preguntas de la defensora, dijo que no recuerda cuántas veces vio a M., desde setiembre a marzo, porque después dejó de trabajar en el Ministerio de Bienestar Social, Delegación Zona Norte. Después intervino Discapacidad. Hasta el momento de la denuncia la veía una vez al mes, después de la denuncia se quedó a vivir con J.. y realizó visitas...

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