Sentencia Nº 85367 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Fecha07 Junio 2019
Número de sentencia85367
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NÚMERO NOVENTA Y SEIS/DOS MIL DIECINUEVE.-

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los siete días del mes de junio del año dos mil diecinueve, se constituye el Sr. Juez de Control, C.R.O., a efectos de dictar sentencia en el legajo" Nº 85367 caratulado ““ROBLEDO MARCOS S/ ROBO EN GRADO DE TENTATIVA””, seguido respecto de G.D.A.R., DNI: 30.248.105, alias “El Cardito”, de 36 años de edad, nacido el día 04/04/1983 en Santa Rosa, jubilado por incapacidad, soltero, hijo de F.E.A. y E.M.R., domiciliado en calle Yapeyú Nº 1970 de esta ciudad, y,

RESULTANDO: Que mediante acuerdo rubricado por las partes la Sra. Fiscal Dra. L.P., el imputado y su Defensor Dr. G.G., propusieron juicio abreviado, en el cual el Ministerio Público Fiscal calificó el accionar del nombrado como constitutivo del delito de ROBO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA (Arts. 164 y 42 del C.P.) en carácter de AUTOR (Art. 45 del C.P.) todos del Código Penal, solicitando se imponga la PENA de DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN DE EFECTIVO CUMPLIMIENTO, MANTENIENDO LA CONDICIÓN DE REINCIDENTE, CON COSTAS, atento el ejercicio de defensa realizado por un abogado de la matricula (Arts. 377, 382 y 475 del C.P.P.).-

Surge de la audiencia de visu realizada, la conformidad prestada a la solicitud del representante del Ministerio Público Fiscal, tanto por el imputado, como por su defensor; reconociendo el Sr. G.D.A.R., la existencia de los hechos por el cual se lo enjuicia, como su autoría, aceptando la pena acordada.-

Fiscalia informa que fue posible la comunicación con el damnificado de la presenta causa, para informarle el procedimiento de juicio abreviado y la pena del presente juicio abreviado.

CONSIDERANDO: Que en el desarrollo de la investigación fiscal preparatoria, Legajo Nº 85367 se han reunido las siguientes evidencias: Acta de constatación e inspección ocular; croquis demostrativo del lugar del hecho; acta de denuncia de M.R.R.; declaración en sede policial de H.A.C. y N.R.L.; órdenes y actas de allanamiento; actas de reconocimientos; Parte de Novedad del Oficial Inspector de Policía Y.F.A.L.; copia del libro de sanidad policial; informe del Servicio de Sanidad Policial; informe del Registro Nacional de Reincidencia; Informe de la AIC -Fotos y Rastros- Caso Nº 957/19 y 971/19; informe del Sr. Médico Forense Dr. Sanson.-

Ahora bien, más allá del reconocimiento realizado por el imputado al suscribir el acuerdo de juicio abreviado considero que el hecho del legajo 85367 se...

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