Sentencia Nº 80643 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Número de sentencia80643
Fecha12 Febrero 2019
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

Sentencia número seis /Dos mil diecinueve.-
En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los doce días del mes de febrero del año dos mil diecinueve, se constituye el Juez de Control, N.D.R., a efecto de dictar sentencia en el expediente 80.643, caratulado "M.P.F. C/P., L.; y Otro S/ Amenazas Agravadas"; seguido contra, C.I.R., alias "C. o Guachín", DNI N° 38.551.543, argentino, nacido el 05 de septiembre de 1994, hijo de C.A.G. y de L.S.R.; y, contra L.A.P., DNI N° 41.220.681, argentino, nacido el día 26 de julio de 1998, hijo de M.Á.P. y de F.A.S., del que;
Resulta: Que en el mencionado expediente obra acuerdo de juicio abreviado, suscripto por la fiscal Dra. C.M.; los imputados C.I.R. y L.A.P.; y, su abogados defensores G.G. y P.A., respectivamente. En dicho acuerdo y previa reseña de los elementos de prueba recolectados y la descripción del hecho investigado, la fiscal solicitó que se les imponga a C.I.R. y L.A.P., la pena de ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento (artículos 377, 382 y 475, del código procesal pena; y, 40 y 41 del código penal), por resultar autores responsables del delito de Amenazas (artículo 149 bis, primer párrafo, primer supuesto, del código penal). Consta en el mencionado instrumento la conformidad prestada a la solicitud fiscal, por parte de los imputados R. y P., y de sus abogados defensores.-
A su vez, obra acta efectuada en oportunidad de realizarse la audiencia de conocimiento de visu realizada el día cuatro de febrero de 2019, en la que ambos imputados reconocieron su responsabilidad en el hecho por el que se los acusó, y;
Considerando: Que, en el desarrollo de la Investigación Fiscal Preparatoria se han reunido las siguientes evidencias que fueron ofrecidas por las partes para ser valorados como pruebas: Parte de Novedad cursado por al O.I.J.A.F., de fecha 25 de noviembre de 2018; Acta de denuncia realizada por N.S.L., de fecha 25 de noviembre 2018 y ampliación de fecha 27 de noviembre 2018, donde hizo un amplio relato del modo en que se presentaron C.I.R. y L.A.P. en su vivienda, y le profirieron los dichos amenazantes; Oficio preventivo N° 215/18 de la Brigada de Investigaciones; declaración de Y.A.L.; Acta de Allanamiento de fecha 26 de noviembre 2018, con secuestro de teléfono celular y motocicleta, realizado en domicilio ubicado en calle R.N.° 1470 de esta ciudad, habitado por N.D.L.; Informe comunicación telefónica con N.L., de fecha 03 de diciembre de 2018; entrevistas con testigos de...

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