Sentencia Nº 80292 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Fecha08 Mayo 2019
Año2019
Número de sentencia80292
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NÚMERO SESENTA Y NUEVE / DOS MIL DIECINUEVE

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los 8 días del mes de mayo del año dos mil diecinueve, se constituye el Sr. Juez de Control Dr. C.M.C., a efectos de dictar Sentencia en el Expediente nº 80.292, caratulada: “MPF C/ D.G.E. S/ LESIONES E INFRACCIÓN LEY 26.485”, seguido con relación a G.E.D., DNI ..., nacido el día ..de noviembre de .., en ésta ciudad de Santa Rosa, soltero, cadete y tatuador, con instrucción secundaria completa, hijo de L.D. y N.I.C., con domicilio en .......... de esta ciudad de Santa Rosa; y

RESULTANDO:

Que mediante acuerdo rubricado por las partes, el Sr. F. Dr. C.C., el imputado y el Sr. Defensor Oficial Dr. J.J.H., propusieron juicio abreviado, en el cual el Ministerio Público F. calificó el accionar de G.E.D., como constitutivo del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente (artículos 89 en relación con el 92 y 80 inciso 1º del Código Penal), lo que deberá ser valorados en el marco de la Ley nº 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.

Que en cuanto a la pena, en consideración a la naturaleza del hecho, las circunstancias de tiempo, modo y lugar de comisión, las condiciones personales del imputado, sus antecedentes, solicitaron se condene a G.E.D., como autor del delito mencionado a la pena de ocho meses de prisión en suspenso, sin costas (artículos 377, 382 y 475 del Código Procesal Penal, y artículos 40 y 41 del Código Penal), y dos años de cumplimiento de las reglas de conductas previstas por el artículo 27 bis incisos 1º, 2º y 6º del Código Penal, en cuanto deberá: I) Fijar residencia, someterse al cuidado de la Unidad de abordaje, orientación y supervisión de personas en conflicto con la ley penal; II) abstenerse de actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia la Sra. Y.S.F., DNI ...., con domicilio en calle ............. de esta ciudad; y III) Realizar tratamiento psicológico especializado en la temática de violencia de género, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

Que surge de la audiencia de visu realizada, la conformidad prestada a la solicitud del representante del Ministerio Público F., tanto por el imputado, como por su defensor; reconociendo G.E.D., la existencia del hecho por el cual se lo enjuicia, como su autoría, aceptando la pena acordada.

Luce agregado informe del Médico Psiquiatra Forense Dr. C.M., quien sugiere la realización por parte del...

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