Sentencia Nº 782 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Número de sentencia782
Fecha09 Agosto 2017
Año2017
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO Nº 782 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL - Jueza Unipersonal: Dra. A.P.L..

General Pico, 9 de agosto de 2017.

Legajo Nº 36594, caratulado: "Ministerio Pùblico F. c/ P, J.A. s/Amenazas simples; Lesiones leves".

Visto y Considerando:

I)Que el día 2 de agosto del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal de la suscripta, se llevó a cabo audiencia de debate oral en el legajo Nº 36594, seguido contra J.A.P., DNI N° 39.697.XXX, argentino, nacido el 13 de noviembre de 1996, en XXX, La Pampa, de profesión jornalero, estado civil casado, hijo de C.J.P. y de J.M. , domiciliado en calle XXX, de XXX, La Pampa.

Intervino en representación del Ministerio Público F., la Dra. A.L.R.; asistió en la defensa de J.A.P. el Defensor Dr. W.V.. II)Se inició la investigación a partir del llamado telefónico al 101, solicitando presencia policial en el domicilio de XXX de XXX, donde se estaba suscitando un incidente familiar. Esto motivó la presencia policial en dicho lugar, y luego de lograda la demora de J.A.P., su esposa formuló la denuncia policial en su contra, a raíz de la agresión física sufrida y amenazas de muerte proferidas.

III) En el alegato de apertura la Sra. F. señaló que intentará probar con la prueba ofrecida, la responsabilidad que le cabe a J.A.P..

Que el día 28 de junio del corriente año, aproximadamente a las horas 12:30, en el interior del domicilio ubicado en XXX de XXX, donde el imputado reside junto a su pareja Y.A.P., tras una discusión P. cerró la puerta con llave, la agredió tirándole una zapatilla, causándole una lesión en la espalda, le tapó la boca para que no gritara, mientras le decía “que si no dejaba de gritar la iba a matar”. Los gritos fueron escuchados por la mamá de P. que vive en la parte delantera de la vivienda y que se acercó para ver qué pasaba. En ese momento él arrojó las llaves, logrando ella salir del domicilio. La mamá del imputado llamó a la policía. Cuando el comisario V. se acercó al domicilio, logró la demora de P. , que no opuso resistencia.

La calificación Jurídica que se atribuye al hecho es de lesiones leves calificadas por el vínculo, en concurso real con amenazas simples, arts. 92 en función del 89 y 80 inc. 1°, 149 bis primer párrafo, primer supuesto del C..

Por su parte, el Defensor General conforme prerrogativas legales no realizó alegato de apertura.

Concedida la oportunidad al imputado de declarar, con la salvedad de que si lo hace es sin juramento de decir verdad, que puede abstenerse sin que implique presunción en su contra, que puede negarse a responder preguntas y que puede solicitar declarar en cualquier momento del juicio oral, cuantas veces quiera, no brindó declaración. IV)En cuanto a la producción de prueba, se comienza con la producción de las declaraciones testimoniales:

1) Y.A.P. damnificada y denunciante.

Refirió que el 28 de junio discutieron como a las once y pico de la mañana, porque estaban pasando hambre con las nenas y la ponía mal.

Por ese tema peleaban mucho, porque él tenía que trabajar. Fue una discusión, lo rasguñó porque no la soltaba, él le tiró un zapatillazo y le pegó en la espalda, pero más que eso no fue. No se acuerda qué ropa tenía puesta arriba. No le dolía nada.

La doctora dijo que no tenía nada, “que no podía poner ni más ni menos”, le aclaró que tenía una mancha de nacimiento. No tenía dolor.

P. estaba lejos y le tiró con la zapatilla de la nena “para mí él no tiró para pegarme”, estaba medio agachada poniéndose las zapatillas.

Fue un momento de calentura porque jamás la había tocado, él cerró la puerta con llave, gritaba para que su suegra M., la ayudara a salir, ella vive adelante. Tuvo miedo en ese momento porque estaba muy nervioso, porque no tenía cigarros comunes. No toma. Estaba muy nervioso. Cuando le tapó la boca le dijo que le iba a pegar o matar. Llegó su suegra y dijo “yo voy a llamar a la policía”. P. le pasó las llaves, pudo salir con la nena. Después llegó la autoridad y se lo llevó. Le dijeron que tenía que ir sí o sí a declarar, porque sino no iba a denunciar. Cuando llegó su suegra ya estaba calmado y en la pieza, no iba a pasar nada. Están casados legalmente. P. se había quedado sin trabajo desde hacía dos o tres meses, ella trabajaba. No tiene idea cuánto tiempo estuvo encerrada. Anteriormente formuló una exposición porque él le rompió un celular en la calle y una mujer que pasaba llamó a la policía.

2) J.M., madre del imputado.

Refirió que su hijo y nuera viven en la parte de atrás de su casa. Había estado desayunando con ellos como todas las mañanas. Después vio a su nuera llorando y llamando por la ventana, pedía que le abriera la puerta y no sabe porqué llamó a la autoridad. No le cuentan lo que pasa entre ellos y no supo porqué lloraba su nuera. En ese momento su hijo estaba sin trabajo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR