Sentencia Nº 78193 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Fecha21 Noviembre 2018
Número de sentencia78193
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NÚMERO DOSCIENTOS VEINTIDOS / DOS MIL DIECIOCHO

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los veintiuno días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, se constituye el Sr. Juez de Control, Dr. C.R.O., a efectos de dictar sentencia en el Expediente nº 78193/0, caratulada: "MPF C/ MPF C/ ... S/ LESIONES Y AMENAZAS" y su acumulado N 79.976, ambos seguidos con relación a ... DNI ..., argentino, nacido ..., de 41 años de edad, hijo de ..., herrero, domiciliado en ... de la ciudad de Santa Rosa; y

RESULTANDO:

Que mediante acuerdo rubricado por las partes, el Sr. Fiscal Dr. W.M., el imputado y el Sr. Defensor Oficial Dr. M.G.O., propusieron acuerdo de juicio abreviado, en el cual el Ministerio Público Fiscal calificó el accionar de ... como constitutivo del delito de Lesiones Leves calificadas por la relación de pareja preexistente, amenazas simples y Violación de Domicilio; todos ellos concursando en forma real (artículo 89 con relación al 92 y 80 inciso 1º; 149 bis, 1º párrafo 1º supuesto; 150 y 55 del Código Penal), que deberá ser valorado en el marco de la Ley 26.485.

Que en cuanto a la pena, en consideración a la naturaleza del hecho, las circunstancias de tiempo, modo y lugar de comisión, las condiciones personales del imputado, sus antecedentes, solicitaron se condene a... como autor del delito mencionado, a la pena de siete meses de prisión de efectivo cumplimiento, sin costas (arts. 377, 382 y 475 del Código Procesal Penal, y 40 y 41 del Código Penal).

Asimismo, teniendo en cuenta que...registra una sentencia condenatoria en legajo 63.974, caratulado: “MPF C/ ...S/LESIONES LEVES Y AMENAZAS SIMPLES" , a raíz del cual el Sr. Juez de Audiencia, Dr. C.A.B., con fecha 23 de marzo de 2017, lo condenó a la pena de seis meses de prisión en suspenso, sin costas, de acuerdo a lo dispuesto en los arts 26, 40 y 41 del Código Penal; acordaron y solicitaron la unificación prevista en el artículo 58 del Código Penal, y que se aplique la pena única de siete meses de prisión de efectivo cumplimiento, sin costas, (arts. 377, 382 y 475 del c.p.p.; arts. 27 -a ).

Que surge de la audiencia de visu realizada, la conformidad prestada a la solicitud del representante del Ministerio Público Fiscal, tanto por el imputado, como por su defensora; reconociendo la existencia del hecho por el cual se los enjuicia, como su autoría, aceptando la pena acordada.

Obra también la conformidad prestada por la damnificada, Sra...., del acuerdo de juicio abreviado, el día 04 de octubre de 2018.

CONSIDERANDO:

Que en el...

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