Sentencia Nº 781 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Año2017
Número de sentencia781
Fecha09 Agosto 2017
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO Nº 781- AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL. Juez Unipersonal: Dr. M.L.P..

General Pico, 9 de agosto de 2017.

L. principal Nº 26530, caratulado: "MINISTERIO PUBLICO FISCAL c/ Q., E.R. s/ Agresión con arma y amenazas agravadas por el uso de arma en concurso real; SARRACCO, J.J.s.ón de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización y amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real” y su acumulado legajo N° 30519, caratulado: “MINISTERIO PUBLICO FISCAL c/Q., E.R. s/ Abuso de armas; lesiones leves culposas y portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal en concurso real”.

---Visto y Considerando:

---I) Que los días 1 y 2 del mes de agosto del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del suscripto, se llevó a cabo audiencia de debate oral en el legajo principal N.. 26530, contra los imputados E.R.Q., DNI N° 22.074.805, nacido el 07 de septiembre de 1971, de 45 años de edad, soltero, hijo de R.O. y S.G., domiciliado en calle 300 bis n° 1938, de esta ciudad y respecto de J.J.S., DNI N° 18.626.264, nacido el 14 de junio de 1967, de 50 años de edad, soltero, transportista, hijo de M.J. y M.I.E., domiciliado en calle 333 n° 355, de esta ciudad; y respecto al legajo acumulado n° 30519 contra el imputado E.R.Q., demás datos personales mencionados anteriormente.

---Intervino en representación del Ministerio Público Fiscal, la Dra. I.H. y asistió en la defensa de los imputados, los Dres. G.C.–.- y M.J.G. –Q.-.

---II) El proceso se inició en el legajo n° 26530 por preventivo policial realizado por el empleado policial L.T., de fecha 08 de diciembre de 2015, quien informó que ese día, se encontraba junto a la agente MOREINA realizando servicio de adicional en el local bailable del club Costa Brava, sito en calle 23 entre 20 y 22. Siendo LAS 4:55 horas le informaron que había inconvenientes en el sector del baño masculino, pero al arribar al lugar no encontró anormalidad alguna. Agregó que en ese momento escuchó que un masculino dialogaba con otro que conoce como "el cordobés", y le comentaba que había tenido inconvenientes con Q. en el baño, debido a que éste lo había querido agredir con una "faca". Luego, estos sujetos comenzaron a organizarse para buscar a Q. y van hacia la calle, motivo por el cual el dicente pidió refuerzos. Posteriormente, es informado por la empleada policial MOREINA que estos sujetos estaban agrediendo a Q. en cercanías de calleS 23 y 20. Al trasladarse hasta el lugar donde estaba ocurriendo la riña, pudo observar que Q. tenía un arma blanca -cuchillo-, mientras que "el cordobés" y su sobrino querían agredirlo con golpes de puño. El dicente logró sacarle el cuchillo con el cual Q. amedrentaba a los demás sujetos y tanto "el cordobés" como su sobrino comenzaron a agredir a Q. con golpes de puño y patadas. Motivo por el cual, junto a los demás empleados policiales, intentaron terminar con la pelea. En ese momento, "el cordobés" sacó un arma de fuego y apuntó a Q. y le gritó "te voy a matar, te voy a quemar", pudiendo ser inmediatamente reducido por personal policial.

---El proceso se inició en el legajo n° 30159 por información policial, el día 19 de julio del 2016, siendo hora 22:10, la prevención se hizo presente en calle 27 bis entre 34 y 36, de esta ciudad, al ser puestos en conocimiento por Cecom que existía un masculino con herida de arma de fuego. El empleado policial K.M. al arribar al lugar, observó un masculino recostado en cercanía a la puerta de ingreso de la vivienda, ubicada en calle 27 bis nº 1766, quien adujo ser K.O.Q., y manifestó que su padre le habría propiciado disparos con un arma de fuego. Luego de unos minutos el mismo fue trasladado por personal del Sem al hospital local.

---III) En el alegato de apertura la fiscal hizo un relato de los hechos que se achacan a E.R.Q. calificando los mismos como AGRESIÓN CON ARMA Y AMENAZAS AGRAVADAS POR EL USO DE ARMA -legajo n° 26530-, ABUSO DE ARMAS, LESIONES LEVES CULPOSAS Y PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL SIN LA DEBIDA AUTORIZACIÓN -legajo n° 30159-, todo ello en CONCURSO REAL (arts. 104 último párrafo, 149 bis 1er párrafo 2º supuesto, 104 1er párrafo, 94 1er párrafo, 189 bis inc. 2do, 3er párrafo y 55 del C.P.) y respecto de J.J.S. respecto al legajo n° 26530, calificando los mismos como PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL SIN LA DEBIDA AUTORIZACIÓN Y AMENAZAS AGRAVADAS POR EL USO DE ARMAS EN CONCURSO REAL (arts. 189 bis inc. 2º, 3er párrafo, 149 bis 1º párrafo 2º supuesto y 55 del C.P.).

---Por su parte, los defensores se abstuvieron de realizar el alegato de apertura.

---Los imputados Q. y SARRACCO no declararon.

---IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron las declaraciones testimoniales:

---L. principal N° 26530.

---1°) D.J.D.C., empleado policial.

---Recordó que ese día ante el pedido de colaboración formulado por los policías TISSERA y MOREINA, arribaron al lugar y se encontraban dos personas discutiendo, forcejeando, una de estatura alta y sobrepeso, y la otra flaca. Posteriormente, se inició una pelea, donde hubo golpes de puño. El dicente intervino en la riña, y cuando la situación se estaba controlando, uno de los intervinientes -el flaco- sacó un arma de fuego y apuntó a su contrincante.

---El dicente realizó una maniobra a los fines de reducir “al flaco”, y una vez que el arma cayó al suelo, resguardó el lugar donde se hallaba. Respecto de la otra persona dijo que se secuestró el arma blanca que portaba y una bolsa que contenía vainas.

---Referenció que el problema se había iniciado dentro del baile, debido a que el individuo que tenía el arma blanca había querido agredir a un pariente de la otra persona.

---2°) R.G.P., empleado policial.

---Manifestó que se encontraba de servicio, cuando solicitaron apoyo vía radial sus compañeros en el club Costa Brava, motivo por el cual se hizo presente en el lugar.

---Tomó conocimiento que hubo una discusión dentro del local, la cual no pasó a mayores, pero continuó fuera del salón y se originó una gresca entre tres personas, dos eran familiares -tío “el cordobés” y sobrino- y un tercero -“cachola” Q.-. Este último portaba un cuchillo y uno de los familiares sacó un arma de fuego, calibre 22.

---Agregó que realizó el acta de procedimiento y croquis ilustrativo, recordando que el arma de fuego estaba a la mitad de la calle 23, hacia la 20, a unos 10 o 15 metros para el lado de la 22. Dijo que el arma de fuego había sido manipulada, debido a que tenía la corredera abierta -la cual es necesaria tirarla hacia atrás para realizar el primer disparo-, agregando que es posible que hubiera existido un intento de disparo y que la bala no haya salido. Respecto a Q. dijo que se le secuestró un arma blanca y municiones calibre 32.

---3°) L.E.T., empleado policial.

---Dijo que estaba de servicio en el club Costa Brava, junto a la empleada policial MOREINA, cuando les avisaron que había inconvenientes en el sector del baño. Agregó que el conflicto habría radicado en que Q. portaría un arma blanca y habría intentado apuñalar al sobrino de SARRACCO en una discusión, motivo por el cual decidió acompañar a estos últimos, fuera del club para que se retiraran del lugar. En ese momento, apareció Q. caminando por calle 23 -desde calle 20- por la vereda y detentando un cuchillo. El dicente logró sacarle el mismo, no obstante Q. empezó una pelea con “los SARRACCO”. El dicente entregó el cuchillo a su compañera MOREINA, e intentó disuadir el conflicto. SARRACCO salió de la pelea, quedando su sobrino enfrentado a Q.. Luego, SARRACCO apareció con un arma de fuego, apuntando a Q., e insultando “borracho de mierda, casi me matas a mi sobrino”. Dijo que junto al empleado policial D.C. lograron quitarle el arma, y persuadirlo de que cese en su accionar.

---4°) M.C.M., empleada policial.

---Recordó que esa noche existió una discusión en el sector del baño del Club Costa Brava, que primero se dispersó, pero luego se reanudó el conflicto fuera de las instalaciones.

---Dijo que la riña se produjo con dos o tres personas que se peleaban y una portaba un cuchillo, motivo por el cual solicitó refuerzos policiales. Agregó que este sujeto al momento de ser reducido, se le cayeron municiones. Referenció que su compañero policial L.T. le sacó el cuchillo y se lo entregó. Por su parte, otro masculino portaba un arma de fuego e incluso apuntó a su contrincante, siendo reducido por personal policial.

---Expresó que había una femenina, que era pareja de una de las personas que se encontraban en el conflicto, por lo que siendo la única mujer que estaba de consigna, trató de neutralizar a esta, para que no ingrese a la pelea y evitar que logre su cometido de llevarse el arma de fuego.

---5°) R.C.G., testigo.

---Dijo que fue al baile en el club Costa Brava, y que conocía de anterioridad a SARRACCO y su hijo. Recordó que esa noche en el baño, vio a SARRACCO tocarse la cintura y pensó que podía tener un arma.

---Manifestó que a la hora que estaba terminando el baile, vio una pelea en el exterior del club, entre SARRACCO y otra persona que desconoce -estando presente el hijo del primero, pero “no metiéndose” en el conflicto-. Agregó que SARRACCO fue hasta su vehículo, y sacó del baúl un arma de fuego. El dicente al visualizar esta acción decidió dar aviso a la prevención para evitar que el conflicto sea de mayores dimensiones. Aclaró que no vio ningún cuchillo en la disputa.

L. acumulado N° 30519.

---1°) J.E.B., testigo.

---Dijo que siendo aproximadamente las 21 horas, se encontraba en calle 27 bis, en la casa de M.M. -quien había ingresado en el interior del domicilio- acompañado de K.Q.. Expresó que este último estaba en la parte trasera del vehículo. Agregó que se escucharon tiros, pero que no vio nada porque se encontraba de espalda. Inmediatamente se bajó K. del rodado y gritaba que le dolía la cabeza, por su parte expresó que tenía un dolor en su pierna y que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR