Sentencia Nº 76781 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Número de sentencia76781
Fecha15 Agosto 2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

Sentencia número Ciento cincuenta/Dos mil dieciocho.-
En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los 15 días del mes de agosto del año dos mil dieciocho, se constituye el Juez de Control, N.D.R., a efecto de dictar sentencia en el expediente N.. 76.779 caratulado "M.P.F. C/ Reier, Miqueas Andrés S/ Robo calificado"; seguido contra M.A.R., DNI: 43.542.445, nacido el 05 de Junio de 1997 en la ciudad de Bahía Blanca (Provincia de Buenos Aires), hijo de G.A.V. y de C.S.L.R., del que;
Resulta: Que en el expediente N.. 76.779 obra acuerdo de juicio abreviado, suscripto por el fiscal Dr. F.E.B.D., el imputado M.A.R. y su abogado defensor Dr. J.J.H.. En dicho acuerdo y previa reseña de los elementos de prueba recolectados y la descripción del hecho investigado, el fiscal solicitó que se le imponga a M.A.R. la pena de tres (3) años de prisión de efectivo cumplimiento, sin costas (artículos: 377, 382 y 475 del código procesal penal; y, 40 y 41 del código penal), por los delitos de Robo con arma cuya aptitud para el disparo no pudo ser comprobada (artículo 162, inciso 2, último párrafo, del código penal). A su vez, obra acta efectuada en oportunidad de realizarse la audiencia de conocimiento de visu realizada el día 8 de agosto del corriente año, y;
Considerando: que en la Investigación Fiscal Preparatoria se han reunido las siguientes evidencias, que fueron ofrecidas como prueba por las partes: A) Acta de constatación e inspección ocular; B) C. demostrativo del lugar del hecho;
C) Tomas fotográficas; D) Acta de denuncia de E.M.P., en donde relató que el 6 de julio de 2018, a la hora 19:35 aproximadamente, ingresó a su local comercial un masculino de 1.70 m. de altura aproximadamente, rubio, que esgrimió un arma con el que le apuntó, y le solicitó la recaudación de la caja, ella se la entregó y y él se retiró en forma apresurada; E) Acta de declaración del testigo O.A.C., quien observó al masculino salir corriendo del lugar donde se había cometido el hecho, luego C. ingresó al comercio y la dueña le manifestó que la había asaltado; F) Acta de declaración de la testigo M.S.C., quien se encontraba en el interior del comercio en el mmento en que ocurrió el ilícito, e hizo un relato concordante con el de la denunciante y una descripción similar del autor de la sustracción; G) Acta de reconocimiento con álbum fotográfico en que había imágenes de ocho personas, y M.S.C. reconoció como autor del hecho a la imagen fotográfica identificada con el número...

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